Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 16 de Marzo de 2023, expediente CAF 044756/2019/CA001

Fecha de Resolución16 de Marzo de 2023
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación Causa 44752/2019 “HOPFER, G.M. c/ EN-M SEGURIDAD-PFA

s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG”

En Buenos Aires, a de marzo de 2023, reunidos en acuerdo los señores jueces de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, a efectos de conocer el recurso interpuesto en los autos “HOPFER,

G.M. c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL

DE LAS FFAA Y DE SEG”, contra la sentencia del 2.11.2022, el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?

El señor juez de Cámara R.W.V. dijo:

  1. ) Que el señor juez de primera instancia hizo lugar a la demanda y,

    en consecuencia, condenó al Estado Nacional a que incorpore, con carácter remunerativo y bonificable, al concepto sueldo del accionante, las sumas correspondientes a los suplementos dispuestos por el decreto 380/17, teniendo en cuenta las actualizaciones dispuestas por el decreto n° 463/17 y la resolución 393E/17, y abonar las diferencias salariales devengadas.

    Impuso las costas a la demandada vencida.

  2. ) Que, contra esa sentencia, únicamente el demandado interpuso recurso de apelación (conf. escrito y proveído del 3.11.2022).

    Puestos los autos en la oficina, el Estado Nacional expresó sus agravios el 15.11.2022, que no fueron contestados por su contraria.

  3. ) Que las alegaciones vertidas en relación con los suplementos “Función Policial Operativa” y “Función Técnica de Apoyo”, introducidos por el decreto 380/17, resultan sustancialmente análogas a las resueltas, por esta Sala, in re “SUPPO, L.R. c/ E.N. – Min. Seguridad – PFA s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg” y “OYOLA, T.d.R. y otros c/ E.N. – Min. Seguridad – PFA

    s/Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg” (sentencias del 10.09.2019 y del 3.12.2020, respectivamente); a cuyos términos y conclusiones corresponde remitir, a fin de evitar innecesarias reiteraciones.

    Cabe advertir que, en dichos precedentes, se reconoció la procedencia de su incorporación al “haber mensual” del personal de la Policía Federal Argentina, con carácter remunerativo y bonificable.

    En razón de lo expuesto, corresponde confirmar la sentencia apelada en cuanto al carácter de los adicionales establecidos por el referido decreto, por el período que se encontrare vigente.

    Fecha de firma: 16/03/2023

    Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA 1

    Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA

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