Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 3 de Diciembre de 2008

Fecha de Resolución 3 de Diciembre de 2008
EmisorCorte Suprema de Justicia

Reg.: A y S t 229 p 141-145.

Santa Fe, 3 de diciembre del año 2008.

VISTOS: Los autos 'C., A.J.;L., R.A.;E., H.A. y E., D. A. -Homicidio Calificado- (Expte 101/03) sobre QUEJA POR DENEGACIÓN DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD' (Expte. C.S.J. Nro. 522, año 2006), venidos para resolver acerca de la concesión del recurso extraordinario para ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, interpuesto por los justiciables -con patrocinio letrado- contra la sentencia de este Tribunal del 15 de agosto de 2007; y, CONSIDERANDO:

  1. La Cámara de Apelación en lo Penal de la ciudad de Vera, mediante resolución de fecha 29 de junio de 2006, decidió -en lo que aquí es de interés- hacer lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por el fiscal y revocar la sentencia de primera instancia, condenando a A. J.

    C., R.A.L., H.A.E. y D.A.E. a la pena de veinte años de prisión, accesorias legales y costas, como coautores del delito de homicidio simple (Arts. 79 y 29 inc. 3° del Código Penal).

    Las partes defensivas dedujeron sendos recursos de inconstitucionalidad contra dicho fallo, que fueron denegados por la Cámara en la oportunidad prevista en el artículo 6 de la ley 7055.

    Interpuesto recurso directo de queja a través de un único escrito común, esta Corte decidió su rechazo mediante la resolución registrada en A. y S. T. 221, pág. 253.

    Contra el pronunciamiento de este Tribunal, los imputados A.J.C., R.A.L., H.A.E. y D. A.

    E., con patrocinio letrado, impetran recurso extraordinario para ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación -artículo 14 de la ley 48- (fs. 213/234 vta.).

  2. Postulan que la resolución no reúne las condiciones mínimas necesarias para satisfacer el derecho a la jurisdicción.

    Relatan que en su oportunidad achacaron a la requisitoria fiscal no concretar acciones individuales de los justiciables destinadas a producir la muerte de E., ni establecer las circunstancias de tiempo, modo y lugar del hecho. Hacen hincapié que anulada la primera sentencia condenatoria y siendo absolutoria la segunda, al responder los agravios del fiscal apelante mantuvieron ese argumento, y exponen que dictada la condena por la Cámara, el recurso de inconstitucionalidad y la queja posterior se fundaron en una serie de supuestos de arbitrariedad.

    Afirman que el fallo incurre en dogmatismo en cuanto al fundamento de hecho.

    Sostienen que L. conoció a C.E. en el baile, la invitó a salir y tuvo sexo casual con ella en la vía pública para luego regresar solo al baile; D. y H.E. estuvieron en el domicilio propio y A.C.

    regresó temprano a su casa sin haber estado con los anteriores.

    Apuntan que son varios los testigos que respaldan las posturas de L. y D. y H.E.

    -nombrando a los mismos y describiendo el tenor de sus declaraciones-, y que otros indicios apoyan la...

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