Sentencia de SALA III, 22 de Agosto de 2014, expediente CCF 002905/2010

Fecha de Resolución22 de Agosto de 2014
EmisorSALA III

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III Causa N° 2.905/10/CA1 “Hípica Rioplatense SA c/ Hipódromo Argentino de Palermo SA s/ cese de oposición al registro de marca”

En Buenos Aires, a los 22 días del mes de agosto del año dos mil catorce, hallándose reunidos en acuerdo los Señores Vocales de la Sala III de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal a fin de pronunciarse en los autos “Hípica Rioplatense SA c/ Hipódromo Argentino de Palermo SA s/ cese de oposición al registro de marca”, y de acuerdo al orden de sorteo, la Dra. M. dijo:

I.H.R.S.A. promovió demanda contra Hipódromo Argentino de Palermo S.A. a fin de que se declare improcedente la oposición presentada respecto de las solicitudes de registro de la marca “MAROÑAS” (mixta), Actas N° 2.734.873, 2.734.874, 2.734.875, 2.734.876, 2.734.877, 2.734.878, 2.734.879 y 2.734.880, correspondientes a las clases 9, 28, 31, 35, 36, 41, 43 y 44, respectivamente, con costas a la demandada.

Relató que con fecha 20 de marzo de 2007 solicitó ante el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial el registro de las marcas “MAROÑAS” (mixta), signos marcarios que reivindican la marca denominativa “MAROÑAS” acompañada de la imagen sintetizada y parcial de un caballo (apreciándose sólo el cuello y la cabeza).

Continuó su relato expresando que efectuada la publicación de práctica, la ahora demandada planteó oposición respecto de sus solicitudes con base en la marca figurativa, registros N° 1.670.235, 1.670.226, 1.670.221 y 1.670.183 en las clases 16, 36, 41 y 42 y en la marca “HIPÓDROMO ARGENTINO DE PALERMO” (mixta), Acta N° 2.205.800 y registros n° 1.789.871, 1.789.872 y 1.789.873, clases 16, 41 y 42.

Fecha de firma: 22/08/2014 Firmado por: G.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA Aseveró que pese a los intentos de resolver amistosamente la controversia no se arribó a ningún acuerdo, y que luego del fracaso de la audiencia de mediación previa obligatoria se vio obligada a iniciar la presente acción.

Recordó que M. es un hipódromo con historia, pues fue construido en 1874 por la comunidad inglesa, y que pese a que originalmente se denominó “Pueblo Ituzaingó”, pronto fue conocido como “Circo de Maroñas”, debido a que esos terrenos pertenecieron a un acaudalado pulpero de nombre J.M..

Agregó que hasta el año 1877 la organización de las reuniones hípicas corría por cuenta de comisiones de propietarios y aficionados hasta que el 14 de agosto de ese año el Gobierno Nacional dictó el primer reglamento de carreras, asumiendo la presidencia de la Comisión de Organización de las Carreras Nacionales el Dr. José

Pedro Ramírez, convirtiéndose en uno de los propietarios del hipódromo y siendo también fundador del Jockey Club de Montevideo y un impulsor de la industria hípica en Uruguay y en Latinoamérica, a punto tal que en 1915 el premio que en 1889 fuera instituido como “Gran Premio Internacional” cambió su nombre por el de “Gran Premio J.P.R.”, premio que desde 2004 recobra la categoría de G1 en la escala internacional.

Detalló que la primera edición del Gran Premio Internacional se llevó a cabo el 1° de enero de 1889 en el Hipódromo de Maroñas y que días más tarde, el 12 de enero de dicho año, el Jockey Club de Montevideo adquirió y tomó posesión del Hipódromo, el que fue reabierto en 2003 con una inversión total de U$S 83.000.000, con más de 247 empleados (sin incluir empleos indirectos tales como personal de gastronomía, limpieza, seguridad u otras actividades complementarias), lleva adelante 108 reuniones anuales, a un promedio de 7 carreras por reunión en sus dos pistas.

Fecha de firma: 22/08/2014 Firmado por: G.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III Puntualizó que las inversiones realizadas le otorgan una capacidad de 2.426 personas sentadas y 5.215 personas de pie (sin incluir el público parado en pavimentos exteriores) que pueden seguir las incidencias de cada reunión a través de 317 monitores de TV, destacando, por otra parte, que los caballos disponen de 564 boxes, distribuidos en dos Villas Hípicas y el Tattersall.

Remarcó también que despliega una fuerte relación con la comunidad que la rodea a través de lo que H.R. ha dado en llamar “Plan de Acciones Comunitarias” que se desarrolla en forma coordinada con la Comisión de Fomento del barrio Ituzaingó –

donde se encuentra ubicado el Hipódromo Nacional de Maroñas-...

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