Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala 9, 11 de Junio de 2015, expediente 26868/2011

Fecha de Resolución11 de Junio de 2015
EmisorSala 9

SENTENCIA DEFINITIVA 20077 EXPEDIENTE CNT 26868/2011/CA1 SALA IX JUZGADO N° 2 En la Ciudad de Buenos Aires, el 11-6-15 , para dictar sentencia en los autos “HIGA, G.M. c.

INMANTEC SRL s. despido” se procede a votar en el siguiente orden:

El doctor R.C.P. dijo:

  1. La sentencia de primera instancia hizo lugar en lo sustancial a la demanda y ello motiva la queja de ambas partes a tenor de los memoriales que lucen agregados a fs.365/378 y fs.383/384, que merecieron las réplicas de fs.386/389 y fs.393/396.

  2. Trataré en primer orden el recurso de la sociedad comercial accionada, que postula la revisión global de lo resuelto. Adelanto mi opinión contraria a su parecer y en esa inteligencia me expediré.

    En efecto, coincido con la apreciación del señor J. a quo, en el sentido que la actora logró

    demostrar –en virtud de los testimonios prestados por Shuster (fs.247/249), Antivero (fs.251/252) y Paulica (fs.256/258)- las irregularidades registrales que denunció

    al demandar, relativas a la existencia de pagos extracontables en una porción de su salario y la fecha de ingreso postdatada por la principal, al mismo tiempo que consideró ficticia la renuncia a su empleo (comunicada en abril de 2008), dada la prestación de servicios sin solución de continuidad que tuvo por acreditada desde el inicio de la vinculación (abril de 2007) y hasta el efectivo egreso (agosto de 2009).

    En ese orden de ideas, aprecio, al igual que lo hizo el magistrado que me precede en grado de actuación, que los dicentes mencionados supieron informar acerca de esos extremos que motivaron la denuncia del contrato. En lo referente al pago clandestino de haberes, la primera de las testigos afirmó “…la actora ganaba el sueldo en blanco y en negro….todos los empleados de las oficinas cobraban lo mismo en blanco…después la parte del sueldo en negro que todos recibían se la pagaban en privado en la oficina a cada uno Poder Judicial de la Nación en mano…todos los empleados que trabajaban en la oficina recibían una parte en negro del sueldo…lo sabe porque en el mismo piso donde estaba la dicente es donde se pagaba, en la oficina privada de los dueños y el día que se pagaba se juntaban todos y hacían cola en la puerta para cobrar… (ver fs.247/248). Por su parte, la segunda de las deponentes atestiguó que “…la actora cobraba una parte en blanco que era con recibo de sueldo y la otra en negro…lo sabe porque a todos en la empresa les pagaban igual…la actora cobraba en negro unos 2500…llegaba a percibir más o menos unos 6000 pesos…” (ver fs.251/252). Finalmente, la última de las testigos manifestó “…la actora cobraba más o menos unos $2500.- en blanco, y las comisiones fluctuaban, las cobraban aparte por la oficina, que era otra cantidad similar…las comisiones eran lo que la actora cobraba en negro…todo esto la dicente lo sabe porque la dicente cobraba de la misma manera y la otra representanta también…generalmente cobraban el mismo día…la dicente vio cobrar a la actora…la plata se las daba en la oficina de la empresa…” (ver fs.256/257).

    En lo concerniente a la extensión de la vinculación, esto es, sin solución de continuidad desde abril de 2007 y hasta agosto de 2009, y la simulación referida a la alegada dimisión por parte de la apelante dentro de ese lapso (abril de 2008), el primer testimonio citado supra informó “…en el medio la actora dejó de trabajar en blanco…le dijeron que como tenían que „bajar la nómina‟ le pidieron a la actora que facturara…le habían pedido a la actora que enviara el telegrama de renuncia y no se le iba a seguir pagando más nada en blanco, iba a seguir todo el negro…la actora siguió trabajando con las mismas responsabilidades todo igual…fueron los dueños los que pidieron a la actora que enviara el telegrama…” (ver fs.248). La segunda...

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