Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A, 27 de Septiembre de 2017, expediente FMZ 020714/2014/CA001
Fecha de Resolución | 27 de Septiembre de 2017 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A 20714/2014 HEREDIA, R.A. c/ ENA-MINISTERIO DE DEFENSA-EJERCITO ARGENTINO s/DIFERENCIAS SALARIALES En Mendoza, a los veintisiete días del mes de Setiembre de dos mil diecisiete,
reunidos en acuerdo señores Jueces de la Sala “A” de la Excma. Cámara
Federal de Apelaciones de Mendoza, D.. H. y Carlos
Alfredo Parra, encontrándose el señor Juez de Cámara, Dr. Juan Antonio
González Macías fuera de la sede del Tribunal, procedieron a resolver en
definitiva estos autos nº FMZ 20714/2014/CA1, caratulados “HEREDIA,
R. c/ ENAMINISTERIO DE DEFENSAEJÉRCITO
ARGENTINO s/ DIFERENCIAS SALARIALES”, venidos del Juzgado
Federal de Mendoza n° 2 en virtud del recurso de apelación interpuesto por la
demandada a fs. 61 contra la sentencia de primera instancia de fs. 57/60, la
que se tiene aquí por reproducida.
El Tribunal se planteó la siguiente cuestión a resolver:
¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?
De conformidad con lo establecido por los arts. 268 y 271
C.P.C y Comercial de la Nación y arts. 4 y 15 del Reglamento de esta Cámara,
se procedió a establecer por sorteo el siguiente orden de estudio y votación:
D.. P., C. y G..
Sobre la única cuestión propuesta, el Señor Juez de
Cámara Subrogante, Dr. C. dijo:
I. Que contra la resolución de fs. 57/60 interpuso recurso de
apelación a fs. 61 la demandada, quien expresó agravios a fs. 67/70 y vta.
En primer término, se agravió del acogimiento de la acción,
aduciendo que las asignaciones del decreto 2769/1993 son particulares y no
Fecha de firma: 27/09/2017 Alta en sistema: 02/10/2017 Firmado por: DRES: C.A.P.Y.H.F. CORTES Firmado(ante mi) por: R.H.M., Secretario de Cámara #23245108#188898775#20170920095517472 generales, y conservaron tal carácter aun después del dictado del decreto
1104/2005. Argumentó que son de aplicación los precedentes de la Corte
Federal “Bovari de D.” y “V.”.
Desde otro punto de vista, se quejó de la aplicación de la tasa de
interés activa y solicitó la aplicación de la tasa pasiva que publica el Banco
Central de la República Argentina.
II. Que, corrido el traslado de la expresión de agravios, no fue
contestado por la actora, por lo que quedó la causa para resolver a fs. 73.
III. Que, ingresando al examen de la apelación, entiendo que es
parcialmente procedente.
Para comenzar, conviene reseñar que los actores demandaron la
incorporación al sueldo de las asignaciones del decreto 2769/1993, el
consecuente recálculo del sueldo anual complementario y demás suplementos
que corresponda, y el pago de las diferencias retroactivas. En la sentencia, se
hizo lugar a la demanda ordenando –en lo que aquí interesa la incorporación
al sueldo de las asignaciones del decreto 2769/93 desde la entrada en vigencia
del decreto 1104/2005 hasta la entrada en vigencia del decreto 1305/2012.
Contra la sentencia estimatoria se alzó la demandada, pidiendo su revocación.
Al analizar las asignaciones del decreto 2769/1993 es menester
distinguir dos etapas: 1) desde su entrada en vigencia en enero de 1994 hasta
el 30 de junio de 2005 (fecha en que entró en vigencia el decreto 1104/2005);
2) desde el 01 de julio de 2005 hasta el 31 de julio...
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