Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala A, 16 de Junio de 2022, expediente CIV 027430/2021

Fecha de Resolución16 de Junio de 2022
EmisorCamara Civil - Sala A

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA A

HELMER, C.S. c/ GIMENO, R.A.

Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS (ACC.TRAN. C/LES. O

MUERTE). EXPTE. N° 27430/2021 –J.94-

RELACION Nº 027430/2021/CA001

Buenos Aires, junio 16 de 2022.-

Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO.

  1. Las actuaciones fueron asignadas por el Centro de Informática Judicial de esta Cámara, en virtud de la conexidad automática hallada con los autos “SANCHEZ, M.A. c/

    FERNÁNDEZ, A. s/ desalojo: otras causales”

    (Expte. nro. 70317/2017), en los que medió

    intervención anterior de este Tribunal el 8 de junio de 2018.-

  2. Establecido lo anterior, cabe señalar que la conexidad es la vinculación que existe entre dos o más procesos o pretensiones,

    derivada de la comunidad de uno o más de sus elementos, cuando además de ser común el elemento subjetivo lo son otro u otros más, lo que origina un desplazamiento de la competencia de modo de someter todas las cuestiones o procesos conexos -de tramitación simultánea o no- al conocimiento de un mismo órgano jurisdiccional (conf. F.,

    S. y Y., César “Código Procesal Civil y Comercial, Comentado, Anotado y Concordado”, Tº I,

    pág. 166).-

    De esta manera se consagra una excepción a las reglas generales en materia de competencia, en supuestos en que la materia litigiosa traída con posterioridad a la radicación de la causa originaria constituye una prolongación Fecha de firma: 16/06/2022

    Firmado por: S.P., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: RICARDO LI ROSI, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: C.A.C.C., JUEZ DE CAMARA

    de la misma controversia, de suerte que sea menester someterla al Tribunal que previno,

    permitiendo la continuidad de criterio en la valoración de los hechos y derecho invocados,

    conforme al principio de perpetuatio jurisdictionis.-

    Sentado lo expuesto, y como se dijo,

    las presentes actuaciones fueron asignadas por el Centro de Informática Judicial a esta Sala sin sorteo, por la anterior intervención en las actuaciones “SANCHEZ, M.A. c/ FERNÁNDEZ,

    A. s/ desalojo: otras causales” (Expte. nro.

    70317/2017) –ver resolución del 8 de junio de 2018-.-

    Ello así, de la compulsa de estos actuados se desprende que R.A.G. promueve demanda contra A.F. (DNI

    13.140.634 –ver presentación del 8 de noviembre de 2021-), por los daños y perjuicios que dice haber padecido en el siniestro vial acaecido el 9 de septiembre de 2018 (ver demanda del 19 de mayo de 2021).-

    Este expediente fue asignado por conexidad automática al Juzgado del fuero nro. 41,

    la...

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