Sentencia de Sala “B”, 18 de Marzo de 2011, expediente 7.033-C

Fecha de Resolución18 de Marzo de 2011
EmisorSala “B”

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Poder Judicial de la Nación N° 94/11Civ./Int. Rosario, 18 d e marzo de 2011.-

Visto, en Acuerdo de la Sala “B”, el expediente nº 7033-C de entrada, caratulado: “HELLAS MAR S.A. s/ Embargo e Interdicción Buque “Lord” ,

(nº 10.880/A-2011 del Juzgado Federal nº 2 de esta ciudad), del que resulta:

Vienen los autos a conocimiento de este tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora (fs. 89/90) contra el decreto de fecha 10 de marzo de 2011, mediante el cual la jueza a quo resolvió “…Trabar embargo preventivo sobre el buque mencionado por la suma de $ 85.000 (pesos ochenta y cinco mil), que estima provisoriamente el Tribunal para intereses y costas,

debiendo previo todo trámite la parte actora prestar caución real de pesos sesenta mil $ 60.000 del monto a embargarse, ello así valorando la verosimilitud en el derecho del actor y la necesidad de mayor debate y prueba respecto de la propiedad del buque (art. 532 inc, b) (…o de otro buque que pertenezca o haya pertenecido, cuando se originó el crédito al mismo propietario). Al pedido de USO OFICIAL

interdicción de salida del buque: Atento que no es posible sostener con la documental acompañada que ambos buques pertenezcan al mismo propietario, en este examen preliminar NO HA LUGAR, por carencia de los requisitos básicos de la figura legal (art. 531 y ss y cc de la ley 20.094 y arts. 230 y ss del CPCCN)…” (fs.

46).

Concedido el recurso en relación y con efecto suspensivo (fs. 91),

se elevaron los presentes a este Tribunal (fs. 93), quedando los autos en condiciones de ser resueltos (fs. 94).

Mediante decreto de fecha 16 de marzo de 2011, ante el expreso pedido formulado por la actora recurrente, se habilitaron los días y horas que fueren menester (fs. 96).

El Dr. Bello dijo:

  1. El apoderado de “Hellas Mar S.A.” inicia la pre sente acción a fin )

    de solicitar el embargo preventivo e interdicción de salida, del buque motor M/V

    Lord

    , bandera panameña, IMO number 9290244, el cual se halla por arribar al puerto de San Lorenzo a mas tardar el 17 de marzo de 2011.

    Que con motivo de gastos y honorarios por atención del buque “Patriot” por la suma de u$s. 50.242,29., los armadores remitieron en concepto de pago a cuenta la suma de u$s. 31.611,299., quedando un saldo impago de u$s.

    18.631. (fs. 43 y 95).

    A partir del embargo preventivo trabado por la jueza a quo a fs. 46,

    la actora se agravia en cuanto –sostiene- el embargo de un buque se complementa con la interdicción de navegar o salir, provocando la indisponibilidad física y jurídica 2

    de aquel, motivo por el cual la misma tiende a fortalecer y complementar la garantía conseguida con el embargo, evitándose los riesgos propios de la navegación, pues de continuar navegando...

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