Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala 8, 6 de Septiembre de 2013, expediente 42.787/2.013

Fecha de Resolución 6 de Septiembre de 2013
EmisorSala 8

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala VIII

Expediente Nº 42.787/2013

SENTENCIA Nº 35378 JUZGADO Nº 1

AUTOS: “Recurso de Hecho. P.E.A. y otros c.

DISTRIBAZ S.A. s. Despido”

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 6 del mes de septiembre de 2013.

VISTO:

El recurso de fs. 38/42; y CONSIDERANDO:

Del examen de las constancias de autos surge configurada "prima facie"

una situación que justifica hacer una excepción al principio general que en materia de apelabilidad de resoluciones dictadas durante el proceso de ejecución de sentencias contiene el artículo 109 de la Ley 18.345, al sostener el quejoso que la resolución apelada de fecha 7/08/13 (v. fs. 27) menoscaba su derecho a percibir una justa retribución, por lo que solicita se apruebe la liquidación propuesta por su parte (v. fs.18/21), por lo que “prima facie” corresponde la apertura de la instancia.

Por ello, el TRIBUNAL

RESUELVE:

1) Hacer lugar a la queja y conceder el recurso de apelación interpuesto con fecha 16/08/13 (v. fs. 28/36); 2)

Solicitar al Juzgado actuante la elevación de la causa principal...

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