Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo , 6 de Marzo de 2013, expediente 2.504/2.013

Fecha de Resolución 6 de Marzo de 2013

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala VIII

Expediente Nº 2.504/2.013

SENTENCIA N º 34814 JUZGADO Nº 38

AUTOS: “Recurso de Hecho. CASAS ANASTASIO M. c / D.G.I.

DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s / Despido ”

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 6 del mes de marzo de 2013.-

VISTO:

El recurso de fs. 283/292;

CONSIDERANDO:

El artículo 109 del ordenamiento procesal aprobado por la Ley 18345 prevé

que la resolución recurrida no es, en principio, apelable por haber sido dictada durante el proceso de ejecución de sentencia. Esta regla, conforme al consolidado criterio de esta Cámara, debe ser atenuada en su aplicación cuando de ella pudiera derivar la indefensión de una de las partes o cuando a través del acto cuestionado se llegare a desnaturalizar los efectos del pronunciamiento, extremos que no se configuran en la especie, por lo que procede el rechazo de la queja examinada, sin costas atento la índole de la cuestión (artículo 68 C.P.C.C.N.).

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR