(*) - HDA GRUPO INMOBILIARIO SA - (*) - HDA GRUPO INMOBILIARIO SA

Fecha de la disposición 2 de Febrero de 2022

Por escrituran nº 155, de fecha 155, de fecha 31 de diciembre del año 2021, se constituyo “HDA GRUPO INMOBILIARIO SOCIEDAD ANÓNIMA”.- PARTES: Walter Darío MORBIDONI, de nacionalidad argentino, con documento nacional de identidad 21.566.269, CUIT: 20-21566269-2, nacido en fecha 8 de abril del año 1970, de 51 años de edad, de estado civil casado en primeras, de profesión arquitecto, con domicilio especial en Barrio Recoleta, Las Acacias Sur s/n, Lote 18, Chacras de Coria, Lujan de Cuyo, Provincia de Mendoza, República Argentina.- Mauricio Javier BENEGAS, de nacionalidad argentino, con documento nacional de identidad 20.115.296, CUIT: 20-21566269-2, nacido en fecha 28 de enero del año 1968, de 53 años de edad, de estado civil casado en primeras, de profesión empleado, con domicilio especial en Ramponi 5567, Barrio Santa Ana, Guaymallén, Provincia de Mendoza, República Argentina.- CAPITULO I.- DENOMINACIÓN, DOMICILIO, DURACIÓN Y OBJETO: Artículo primero: La sociedad se denomina “HDA GRUPO INMOBILIARIO SOCIEDAD ANONIMA”, tiene su domicilio, legal en Belgrano nº 215, Ciudad, Tupungato, de la Provincia de Mendoza, República Argentina, pudiendo establecer por intermedio de su Directorio sucursales, agencias y oficinas en cualquier parte del país o del extranjero.- Artículo segundo: Su duración será de noventa y nueve (99) años a partir de la inscripción en el Registro Público de Sociedades y Comerciantes.- Artículo tercero: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, sean personas físicas o jurídicas y tanto en el país como en el extranjero, las siguientes actividades: a) INMOBILIARIA, b) CONSTRUCTORA, c) FINANCIERA, d) TURISMO, e) EVENTOS DEPORTIVOS, f) HOTELERAS Y GASTRONÓMICAS, g) SERVICIOS, h) MANDATOS, j) FIDUCIARIA k) FINANCIERA.- TÍTULO II.- CAPITAL, ACCIONES, ACCIONISTAS, DEBENTURES.- Artículo Cuarto: El capital social se fija en la suma de TRESCIENTOS MIL PESOS ($300.000), representado por TRES MIL (4000) ACCIONES de un valor nominal de PESOS CIEN ($100) cada una.- Las acciones serán ordinarias, nominativas no endosables, con derecho a un voto por acción.- Artículo Quinto: El capital social podrá ser aumentado por decisión de la Asamblea General Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme al artículo 188 Ley 19.550 (t.o. 1984).- Artículo Sexto: Las acciones de los futuros aumentos de capital pueden ser nominativas no endosables o escriturales, o al portador y nominativas endosable, si futuras disposiciones legislativas lo admitieran, ordinarias o preferidas, según se disponga al emitirlas. Estas últimas tienen derecho a un dividendo de pago preferentemente de carácter acumulativo, o no, conforme a las condiciones de la emisión. Puede también fijárseles una participación adicional en las ganancias. Las acciones preferidas carecerán de voto, salvo para las materias dispuestas en el artículo 217 de la ley 19.550.- Artículo Séptimo: Los títulos representativos de las acciones y los certificados provisorios contendrán las menciones establecidas por los artículos 211 y 212 de la Ley 19.550. Se pueden emitir títulos representativos de más de una acción.- Artículo Octavo: Los accionistas tendrán preferencia y derecho de acrecer en la suscripción de nuevas emisiones de acciones, a prorrata de sus tenencias salvo los casos previstos en los artículo 197 de la Ley 19.550. El derecho de preferencia deberá ejercerse dentro de los treinta (30) días siguientes al de la última publicación, las que se harán por tres (3) días en el Boletín Oficial de la Provincia.- Artículo Noveno: En caso de mora en la integración del capital, el...

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