Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 1 de Noviembre de 2022, expediente CCF 006620/2019/CA003

Fecha de Resolución 1 de Noviembre de 2022
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III

Causa n° 6620/2019/CA3 “H.T. y otro c/OSDE s/amparo de salud”.

Juzgado 8. Secretaría 16.

Buenos Aires, 1 noviembre de 2022.

VISTO: el recurso de apelación interpuesto y fundado por OSDE contra la sentencia definitiva dictada el 09-05-2022, cuyo traslado fue contestado por la actora y los recursos de apelación de honorarios, y oído el Sr. Fiscal de Cámara, y CONSIDERANDO:

I. El Sr. Juez de primera instancia admitió parcialmente la acción de amparo promovida en autos y, en consecuencia, condenó a OSDE a otorgar la cobertura del 100% del tratamiento de fertilización asistida de alta complejidad (FIV/ICSI) en el Centro Médico Procrearte, con ovodonación y semen donado, prescripto por el médico tratante, en los términos establecidos por la ley 26.862 y su decreto reglamentario nº 956/13;

esto es, hasta tres tratamientos de éste tipo (alta complejidad) por año, con intervalos mínimos de tres meses entre cada uno de ellos; la medicación y la eventual criopreservación de embriones durante un plazo de veinticuatro meses. Aplicó las costas a OSDE (constancias obrantes en el sistema de consultas web del PJN).

Contra esa decisión, OSDE interpuso recurso de apelación y alega -básicamente- que no le corresponde cubrir más de tres tratamientos en total, y que se la hubiera condenado a cubrir los gastos de una eventual criopreservación de los embriones excedentes, y medicación.

Asimismo, cuestionó que se la obligue a brindar cobertura la requerida en el centro Procrearte de Capital Federal, invocando que este instituto no forma parte de su cartilla “en lo concerniente al TRMA con ovodonación”. Indicó que, por el contrario, cuenta con prestadores propios,

GENS (Quilmes) y Procrearte (LaPlata).

II. Sentado lo expuesto y con relación al agravio referido al límite de intentos, cabe destacar que la cuestión relativa a la cantidad de Fecha de firma: 01/11/2022

Firmado por: G.A.A., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: F.A.U., JUEZ DE CAMARA

intentos de tratamiento de fertilización asistida de alta complejidad que deben ser cubiertos por OSDE, ha sido zanjada por lo resuelto por esta Cámara en el fallo plenario dictado en la causa n° 1773/2017: “G.C. y otro c/Obra Social del Poder Judicial de la Nación s/amparo de salud”, el 28 de agosto de 2018. Allí se resolvió la siguiente doctrina “el límite a que alude el art. 8° del decreto...

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