Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 2 de Diciembre de 1997, expediente Ac 69225

PresidenteSan Martín-Laborde-Hitters-Pettigiani-Salas
Fecha de Resolución 2 de Diciembre de 1997
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac.á69.225á"H. y Asoc. S.. de Ingeniería S.R.L. c/Casagrande de M.C.V.. Ejecutivo. Recurso de queja".

//P., 2 de diciembre de 1997.

AUTOS Y VISTO:

Que las decisiones recaídas en un juicio ejecutivo no revisten, en principio, carácter definitivo en el concepto del art. 296 del Código Procesal Civil y Comercial (conf. causas Ac. 42.750, 9-V-89; Ac. 47.132, 23-VII-91; Ac. 48.831, 24-XI-91; Ac. 51.269, 1-XII-92, entre muchas), no observándose en el caso de autos motivos suficientes que permitan apartarse de dicha regla toda vez que, pese a afirmar lo contrario, la ejecutada no ha interpuesto la excepción de cosa juzgada y desde que la alzada, al desestimar la de inhabilidad de título, nada resuelve sobre la existencia del derecho de fondo, sino sólo sobre los requisitos constitutivos del título ejecutivo, quedando habilitado el eventual ejercicio de la vía prevista por el artículo 551 del citado Código respecto de aquellas cuestiones que exceden el marco formal del juicio ejecutivo (Ac. 39.940, 23-II-88; Ac. 45.267, 8-V-90; Ac. 47.641, 11-VI-91; Ac. 48.211, 27-VIII-91, etc.).

Que por otra parte, el recurso...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR