Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii, 10 de Septiembre de 2021, expediente CCF 007905/2020/CA001

Fecha de Resolución10 de Septiembre de 2021
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y

COMERCIAL FEDERAL – SALA II

Causa n° 7905/2020

H.S.D. c/ JOKIMAR SRL s/MEDIDAS PRELIMINARES Y DE PRUEBA

ANTICIPADA

Buenos Aires, 10 de septiembre de 2021. AN

Y VISTOS, CONSIDERANDO:

  1. Que en el escrito inicial la parte actora solicita como medida de prueba anticipada que se le permita; a) “Constatar y efectuar descripción de las características de diseño que presenta el frente del local sito en G. de Laferrere 5633, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en supuesta infracción a sus derechos; b) Disponer la obtención de fotografías y confección de una descripción de los detalles de diseño y ornamentación del frente del mentado comercio (heladería) y c) Solicitar del o de los responsables de tal local que den explicaciones, con exhibición de la factura o boleta respectiva, del nombre y dirección de quién o quiénes diseñaron y/o desarrollaron y/o construyeron los frentes en supuesta infracción, y la fecha en que ello ocurrió (en un todo de acuerdo a lo que autoriza el artículo 39 de la Ley 22.362).

    Como titulo de su acción invoca: a) Los registros de marca “NICOLO”, “N.N.” y “NICOLO HELADOS”, N.s.

    2.779.691, 2.779.692 y 2.792.158, todos de carácter mixto, para distinguir servicios de la clase 43 del N.M. vigente; b) El modelo Industrial N.. 87.882 relativo a “FRENTE DE ESTABLECIMIENTO

    COMERCIAL” y c) El depósito en custodia de obra inédita, expediente N..

    5209909, del 5 de enero de 2015, género ‘arquitectura’.

    Alega que los registros de marcas reivindican, además de la conocida marca “NICOLO”, con la el cual actor desarrolla sus actividades comerciales e industriales, el especial diseño de la fachada de su cadena de heladerías, con locales estratégicamente ubicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el conurbano bonaerense.

    Fecha de firma: 10/09/2021

    Alta en sistema: 13/09/2021

    Firmado por: E.D.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA

    Sostiene que el modelo industrial antes referido describe con precisión el frente de los establecimientos, cuya particular disposición de los detalles característicos lo hacen novedoso y fácilmente diferenciable de otros frentes de locales comerciales. Manifiesta que, como lo consigna la memoria descriptiva, el frente comprende una estructura general sustancialmente rectangular de disposición horizontal, enmarcada con un reborde perimetral y compuesta por un conjunto de paneles verticales colindantes uno con otro,

    sin espacios de separación ni enmarcados particulares, que produce la imagen de una superficie continua.

    Describe que uno de los paneles del conjunto, en el extremo derecho, presenta en su zona inferior, un marco rectangular sobresaliente dispuesto horizontalmente, el cual contiene en su parte superior una saliente rectangular a modo de bandeja, debajo de la cual, y en una misma línea con ésta, se presenta un cuerpo cilíndrico que posee una abertura rectangular vertical. Sigue en su detalle, que por sobre el centro del marco rectangular descripto, emerge un cuerpo tubular delgado que se enlaza en su extremo superior con un cuerpo circular inserto en el frente a la altura de los consumidores, como elemento comunicacional.

    ...

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