Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala C, 4 de Diciembre de 2019, expediente CIV 001883/2015/CA002

Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 2019
EmisorCamara Civil - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA C 1883/2015. HALLADJIAN, I.E. c/ VILLAR, EMILIANO SEBASTIAN Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS Juz. 20 M.F.Z.

Buenos Aires, Diciembre de 2019.- AB/MCK AUTOS Y VISTOS:

I) El Tribunal está facultado para examinar de oficio la procedencia del recurso de apelación, pues sobre el punto no se encuentra ligado por la conformidad de las partes ni por la concesión del juez de primer grado, aun cuando se encuentre consentida, ya que ésta no reviste carácter de definitiva, por lo que la S. se halla facultada para rever e incluso modificar el juicio de admisibilidad (CNCiv., S.C., in re “C., P.c.M., R. s/

daños y perjuicios”, del 5-6-13; id.id., “M., C. s/ sucesión”, del 27-2-13; id.id., in re “Stonehedge S.A. c/ Consorcio s/ oposición a la ejecución de reparaciones urgentes”, del 14-7-15; id.id., in re “G., G. c/

Olaciregui, J. s/ ejecución hipotecaria”, del 6-

6-17 y sus citas).

En uso de las facultades conferidas, y en mérito a lo ya dispuesto a fs.

99, supuesto que se encuentra vigente a la fecha, no cabe sino declarar inapelable la cuestión que fue objeto de la queja.

Fecha de firma: 04/12/2019 Alta en sistema: 05/12/2019 Firmado por: O.L.D.S., Juez de Cámara Firmado por: J.M.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: PABLO TRIPOLI, JUEZ DE CAMARA #24607715#250253987#20191204133823053 Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA C

II) Sin perjuicio de ello, y en lo que hace a la desestimación del pedido de sumario administrativo al Prosecretario Administrativo y Secretaria del juzgado, de así

entenderlo deberá ocurrirse por la vía y forma correspondiente, por lo que no es esta S. la que debe decidir al respecto (CNCiv. S. H, “K., E.S. y otros y otros c/ Boero, D.P. s/ ejecución hipotecaria” del 9-

09-2015).

En efecto, de conformidad con el art. 157 del Reglamento para la Justicia en lo Civil, la denuncia de falta...

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