Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 22 de Junio de 2021, expediente CAF 069426/2019/CA001

Fecha de Resolución22 de Junio de 2021
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I

Causa nº 69426/2019 HACHE 3 SRL c/ AFIP s/AMPARO LEY 16.986. J.. Nº

1

Buenos Aires, 22 de junio de 2021.jrp Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que el juez rechazó la acción de amparo promovida por la firma Hache 3 SRL contra la Administración Federal de Ingresos Públicos – Dirección General de Aduana (AFIP – DGA) a fin de que se ordene el cese de las vías de hecho y/o de cualquier acto o disposición de AFIP – DGA que impidiera el funcionamiento de la firma.

    Para así decidir destacó que “no se encuentra controvertido en autos que, mediante auto del 28 de noviembre de 2019,

    el J.ado Nacional en lo Penal Económico N° 8 decretó el procesamiento de la firma actora y de su gerente general, H.J.G., por considerarlos prima facie co-autores de los delitos previstos en los artículos 864 inc. b), e), 865

    inc. a) y f), 871 y 888 del Código Aduanero”.

    Consideró que la suspensión en el Registro de Importadores y Exportadores prevista en el art. 97 apartado 1 del Código Aduanero se “dispone sin sustanciación alguna y sin que sea preciso que le procesamiento judicial adquiera firmeza”.

    Concluyó que la firma actora no logró

    acreditar que se encuentre configurado un supuesto de ilegitimidad o arbitrariedad de carácter manifiesto, en los términos del artículo 1º de la ley 16.986 y el artículo 43 de la Constitución Nacional.

    Destacó que no se había acreditado en esta causa “el cumplimiento por parte de la firma actora de lo ordenado por el servicio aduanero a tenor de lo dispuesto por el artículo 97, apartado 1, inciso f,

    del Código Aduanero.”.

    Fecha de firma: 22/06/2021

    Firmado por: H.G., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: CLARA M.D.P., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: R.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: L.M.H., JUEZ DE CAMARA

  2. Que la parte actora interpuso recurso de apelación y expresó agravios a fs. 449/461, que fueron contestados a fs.

    464/472.

  3. Que, ante todo, es pertinente resaltar la prevención de la Sala IV de esta cámara en la causa caratulada “Hache 3 SRL c/ Afip – DGA s/ medida cautelar autónoma”, expte. nº 66.356/2019,

    vinculada a los mismos hechos que aquí se denuncian. Allí la parte actora solicitó

    que la parte demandada “hiciera cesar las vías de hecho y/o cualquier acto o disposición que impidiese su funcionamiento y/o suspendiese su inscripción en el registro de importación/exportación, hasta tanto se resolviese el recurso de apelación...

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