Haberes noviembre 2015: cronograma de pagos

EmisorMinisterio de Gestión Pública
Fecha de la disposición26 de Noviembre de 2015
CÓRDOBA, 26 de Noviembre de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCXI - Nº 228 Primera Sección 3
diecisiete de marzo del año dos mil quince -modificatorio del Acuerdo Reglamentario N° 958 Serie
“A” de fecha nueve de diciembre de dos mil ocho- y el espíritu que emana de su Considerando IV),
en cuanto “se ha estimado menester…conforme los principios que inspira la ley de fondo, clarificar
la situación cuando la circunscripción tiene más de una sede…”, frente a lo cual este Cuerpo
Colegiado considera que los principios de igualdad de oportunidades y de inmediatez a que alude
el citado Acuerdo se atienden adecuadamente disponiendo la conformación de una lista única para
cada una de las sedes que integran esta Segunda Circunscripción Judicial. Y CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución Administrativa Nro. Doscientos veintinueve dictada por este Cuerpo
Colegiado el dos de noviembre próximo pasado, se dispuso la pertinente convocatoria para aquellos
postulantes para integrar las Listas de Síndicos para la Segunda Circunscripción Judicial, conformada
por las sedes de esta ciudad de Río Cuarto, la de Huinca Renancó y la de La Carlota, fijándose las
fechas para la recepción de las solicitudes de inscripción con las modalidades allí establecidas. Que
no resulta necesario modificar dichas fechas, dado que la convocatoria tal como ha sido dispuesta
debe mantenerse para las tres sedes de la Segunda Circunscripción, con la única novedad de que
en el caso de Río Cuarto, en su oportunidad, deberá confeccionarse una única lista para todos los
Juzgados con competencia concursal, con la finalidad de ajustar el proceso de confección de los
listados al espíritu del Acuerdo Reglamentario Nro. 1.270 Serie “A” dictado por el TSJ el 17/03/15.
En este sentido cabe ajustar los Considerandos de la Resolución Administrativa Nro. Doscientos
veintinueve dictada por este Cuerpo Colegiado el dos de noviembre próximo pasado y así debe
atenderse a que “…en consideración a las necesidades de los juzgados especializados de la
segunda circunscripción judicial y lo reglado por el inc. 2 del art. 253 de la L.C.Q., y a los fines de
garantizar la igualdad de oportunidades y el principio de inmediatez considerados en el Ac. Reg.
1.270 Serie “A” dictado por el TSJ, disponer la conformación de las siguientes listas: a) Para los
Juzgados con competencia concursal en la Sede de Río Cuarto: una lista de categoría "A" deberá
ser integrada por treinta y cinco (35) estudios de contadores públicos titulares y veintiuno (21)
estudios de contadores públicos suplentes, y ciento cinco (105) contadores públicos
(individuales) titulares y setenta (70) contadores públicos (individuales) suplentes para la
Categoría “B”; b) Para el Juzgado con competencia concursal en la Sede de Huinca Renancó:
una lista de categoría “A” deberá ser integrada por cinco (5) estudios de contadores públicos
titulares y tres (3) estudios de contadores públicos suplentes, y quince (15) contadores
públicos (individuales) titulares y diez (10) contadores públicos (individuales) suplentes para
la Categoría “B”; c) Para el Juzgado con competencia concursal en la Sede de La Carlota:
una lista de categoría “A” deberá ser integrada por cinco (5) estudios de contadores públicos
titulares y tres (3) estudios de contadores públicos suplentes, y quince (15) contadores
públicos (individuales) titulares y diez (10) contadores públicos (individuales) suplentes para
la Categoría “B”.Por ello; SE RESUELVE: Art. 1°) RECTIFICAR el artículo cuarto de la
Resolución Administrativa Nro. Doscientos veintinueve dictada por este Cuerpo Colegiado el
dos de noviembre próximo pasado el que quedará redactado de la siguiente manera: “Art. 4°).
Disponer la conformación de las siguientes listas:- a) Para los Juzgados con competencia concursal
en la Sede de Río Cuarto: una lista de categoría “A” deberá ser integrada por treinta y cinco (35)
estudios de contadores públicos titulares y veintiuno (21) estudios de contadores públicos suplentes
y ciento cinco (105) contadores públicos (individuales) titulares y setenta (70) contadores públicos
(individuales) suplentes para la Categoría “B”; b ) Para el Juzgado con competencia concursal en
la Sede de Huinca Renancó: una lista de categoría “A” deberá ser integrada por cinco (5) estudios
de contadores públicos titulares y tres (3) estudios de contadores públicos suplentes, y quince (15)
contadores públicos (individuales) titulares y diez (10) contadores públicos (individuales) suplentes
para la Categoría “B”; c) Para el Juzgado con competencia concursal en la Sede de La Carlota:
una lista de categoría “A” deberá ser integrada por cinco (5) estudios de contadores públicos
titulares y tres (3) estudios de contadores públicos suplentes y quince (15) contadores públicos
(individuales) titulares y diez (10) contadores públicos (individuales) suplentes para la Categoría
“B”. Art. 2°) PUBLICAR el presente Acuerdo, mediante edictos por el término de cinco días, en el
Boletín Oficial de la Provincia; incorpórese en la página WEB del Poder Judicial y remítanse
gacetillas de prensa a todos los periódicos locales. Comuníquese el presente al Excmo. Tribunal
Superior de Justicia requiriendo se sirva autorizar la contratación de la citada publicidad.-Art. 3°)
COMUNÍQUESE al Tribunal Superior de Justicia, a la Sub Área de Documentación e Información
Pública del Área de Servicios Judiciales, a la Oficina de Concursos y Junta de Calificaciones del
Área de Recursos Humanos, al Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba y a los
Juzgados con competencia concursal de la Segunda a Circunscripción Judicial.-Art. 4°)
PROTOCOLÍCESE.- FDO. DRES. DANIEL GASPAR MOLA, VOCAL – HORACIO TADDEI,
VOCAL – JOSE MARIA HERRÁN,VOCAL – EDUARDO H. CENZANO, VOCAL – ROSANA A.
DE SOUZA – VOCAL, MARIA ADRIANA GODOY DE LÓPEZ, VOCAL - PABLA CABRERA DE
FINOLA, SECRETARIA. 5 días - Nº 32939 - s/c - 02/12/2015 - BOE
MINISTERIO DE
GESTION PUBLICA
FE DE ERRATAS
En nuestra edición del día 25 de Noviembre de 2015, Segunda Sección, en la página 1, dice “AÑO CII - TOMO DCXI - Nº 227 - CORDOBA,
(R.A.), MIERCOLES 27 DE NOVIEMBRE DE 2015” debió decir “AÑO CII - TOMO DCXI - Nº 227 - CORDOBA, (R.A.), MIERCOLES 25 DE
NOVIEMBRE DE 2015”. Dejamos asi salvado dicho error.
CR. JOSÉ ERNESTO SONZINI DRA. VERÓNICA LUCÍA BRUERA
DIRECTOR GENERAL DE GESTIÓN SALARIAL MINISTRA DE GESTIÓN PÚBLICA
SECRETARÍA DE CAPITAL HUMANO
MINISTERIO DE GESTIÓN PÚBLICA
ING. MARIANA G. ALDAO
DIRECTORA DE SISTEMAS
DIRECCIÓN DE GENERAL DE GESTIÓN SALARIAL
SECRETARÍA DE CAPITAL HUMANO
MINISTERIO DE GESTIÓN PÚBLICA

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