Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 11 de Junio de 2013

Fecha de Resolución11 de Junio de 2013
EmisorCorte Suprema de Justicia

Reg.: A y S T 250 p 465/469.

Santa Fe, 11 de junio del año 2.013.

VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la Provincia de Santa Fe contra la resolución del 31 de agosto de 2012, dictada por el Juzgado de Primera Instancia de Distrito de Menores N° 1 de R. en autos “I.R.A.R. -HÁBEAS CORPUS CORRECTIVO- (570/2012)” (EXPTE. C.S.J. N° CUIJ: 21-00508816-7); y, CONSIDERANDO:

  1. Por decisorio del 31 de agosto de 2012, la Jueza de Primera Instancia de Distrito de Menores N° 1 de Rosario resolvió hacer lugar al recurso de hábeas corpus interpuesto por las Asesoras de Menores N° 1, 2, 3 y 4, y ampliado por la Defensora General ante la Cámara de Apelaciones, y en consecuencia: “1) Clausurar los Sectores de Ingresos y Enfermería del Instituto I.R.A.R. hasta tanto no se construya un baño que cuente con inodoros antivandálicos, duchas y revestimiento acorde, debiendo desplazar a los menores alojados en dichos Sectores a las celdas libres de otros, dentro de las 24 hs. corridas de notificada la Dirección de I.R.A.R. de este resolutorio; 2) Clausurar los Sectores B y D ubicados en la planta alta del G.1 hasta tanto estén finalizados los trabajos de electricidad, desobstrucción de cañerías, pintura, obturación de ventanas e instalación de inodoros antivandálicos, duchas completas y revestimiento acorde; 3) Otorgar a la Dirección de Justicia Penal Juvenil dependiente de la Subsecretaría de Asuntos Penales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, plazo no superior a treinta (30) días contados desde la recepción del oficio a librarse, para que dé cumplimiento acabado al plan de obras propuesto conforme la modalidad sugerida en sus presentaciones; y un plazo de setenta y cinco (75) días contados del mismo modo para la factura de los baños; 4) Ordenar la remisión semanal de fotografías e informes detallados del estado de las obras, a fin de efectuar un debido control de las mismas, sin perjuicio del profuso seguimiento que asume este Juzgado de Menores de la Primera Nominación; 5) Agregar al Plan de Obras presentado, desinfección y desratización inmediatamente de notificada la presente; 6) Autorizar el traslado provisorio mientras se lleven a cabo los trabajos de restauración, y en caso de que sea absolutamente necesario, de las personas alojadas en I.R.A.R. que tienen 18 años de edad, a la U. III, pabellón evangélico o de similares características debiendo continuar el abordaje de estas personas la Dirección de Justicia Penal Juvenil; 7) Disponer que todos los jóvenes alojados en I.R.A.R...

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