Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B, 15 de Abril de 2021, expediente FMZ 002139/2021/CA001
Fecha de Resolución | 15 de Abril de 2021 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B
FMZ 2139/2021/CA1
Mendoza, 15 abril de 2021.
Y VISTOS:
Los presentes autos FMZ 2139/2021/CA1 caratulados: “BARRIOS,
EZEQUIEL IGNACIO S/ HABEAS CORPUS”, venidos a esta S. “B”
provenientes del Juzgado Federal Nro. 3 de M.–.. Penal “D”, en
virtud del recurso de apelación interpuesto por los accionantes, contra la
resolución de fecha 5 de abril del corriente año.
Y CONSIDERANDO:
1) Inician los presentes actuados a raíz de la interposición de una
acción de hábeas corpus por parte de los internos detenidos actualmente en el
Pabellón A, Unidad Residencial I del Complejo Penitenciario Federal VI de
Lujan de Cuyo.
De la lectura de la misma, en lo medular, se desprende que los
accionantes centran su agravio en el mal funcionamiento de los aparatos de
telefonía correspondientes a su lugar de alojamiento (ver presentación de fs.
2/6, según constancia del Sistema Lex 100).
Asimismo, y a la luz de lo normado por el art. 14 de la Ley 23.098, se
procedió a realizar una videoconferencia con un representante del colectivo
afectado.
En tal oportunidad, G.A.S. precisó: “…ya se
arregló el problema por el cual presentamos el habeas corpus con otros
internos del mismo pabellón. Pasa que uno de los teléfonos del pabellón suele
tener problemas y hay que esperar que venga la persona encargada para que
lo arregle, porque es la única que tiene la llave para hacer eso, pero ya está
solucionado el problema así que DESISTIRÍA del habeas corpus…” –el
subrayado nos pertenece (ver acta de fecha 12 de marzo del corriente año).
2) En virtud de ello, el juez a quo, al momento de resolver, precisó que
…Así las cosas, resulta claro que el planteo formulado por los accionantes
deviene abstracto, en razón de que el problema relacionado con el
Fecha de firma: 15/04/2021
Alta en sistema: 19/04/2021
Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: G.C. DE DIOS, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: A.R.P., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: F.F., SECRETARIO FEDERAL
35356351#286352515#20210415111120922
funcionamiento de las líneas telefónicas instaladas en el Pabellón A de la
Unidad Residencial 1 del Complejo Penitenciario Federal VI, se encuentra a
la fecha solucionado, tal como surge de los informes agregados en autos y de
los propios dichos de uno de los accionantes, escuchado en audiencia.
En conclusión, surge de los informes evacuados que existen medios
para la comunicación de los internos con sus familiares a través de los
equipos telefónicos instalados en el Pabellón citado supra, descartando,
respecto de dichos inconvenientes, la existencia actual de un agravamiento
ilegítimo en las condiciones de detención de los internos allí alojados…
(ver
apartado II del resolutorio de fecha 5 de abril del corriente año).
Ante este...
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