Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 11 de Abril de 2017, expediente CAF 048774/2014/CA001

Fecha de Resolución11 de Abril de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA V 48774/2014 GUTIERREZ, R.E. Y OTRO c/ EN-Mº

ECONOMIA-BCRA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS Buenos Aires, de abril de 2017.- MEE Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que a fs. 35 la señora J. a cargo del Juzgado nº 8 del fuero declaró su incompetencia para entender en autos y ordenó su remisión a la Justicia Nacional en lo Civil y Comercial Federal.

    Ello, en función de las consideraciones vertidas por el señor F.F. en el dictamen de fs. 33/34.

  2. Que, a fs. 51, el titular del Juzgado Civil y Comercial Federal nº 3 decidió remitir estos autos, conjuntamente con la causa nº 46.799/2002, al Juzgado nº 7 de este fuero para su ulterior tramitación. Para así decidir, señaló “…que en dichas actuaciones se debatieron las cuestiones de hecho y de derecho relativas a la restitución de fondos que motivaron dicho reclamo y [toda vez que] el monto en moneda extranjera que aquí se pretende se lo imputa a intereses del saldo de la ejecución realizada en el proceso referido, no cabe duda de la conexidad existente entre ambas causas”.

  3. Que, a fs. 52, la señora J. a cargo del Juzgado nº 7 del fuero dispuso remitir los presentes actuados al Magistrado remitente “[t]oda vez que en la presente causa se encuentra planteado e irresoluto un conflicto de competencia entre el Juzgado Contencioso Administrativo Federal nº 8 y el Juzgado en lo Civil y Comercial Federal nº

    3, que impide la intervención de este Juzgado…”.

  4. Que, a fs. 53, el titular del Juzgado Civil y Comercial Federal nº 3 decidió devolver las actuaciones al Juzgado nº 7 toda vez que las mismas habían sido remitidas por razones de conexidad y no de competencia.

  5. Que, a fs. 54, la titular del Juzgado nº 7 elevó

    las presentes actuaciones, manteniendo el criterio sustentado a fs. 52.

  6. Que, recibidas las actuaciones, se las remitió

    en vista al señor F. General –junto con la causa nº 46.799/2002– a los Fecha de firma: 11/04/2017 Firmado por: J.F.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: GALLEGOS FEDRIANI PABLO , JUEZ DE CAMARA #24207977#166580116#20170407133648530 Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA V efectos de que se expidiera en relación al conflicto de competencia suscitado; lo que fue cumplido por el dictamen de fs. 66/68.

    Allí, tras realizar un breve relato de las cuestiones ventiladas en uno y otro caso y según el estudio acotado al desplazamiento de...

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