Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 16 de Julio de 2019, expediente CAF 017719/2019/CA001

Fecha de Resolución16 de Julio de 2019
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I 17719/2019 GUTIERREZ PARDAVE, LUZ CECILIA c/ EN-M INTERIOR OP Y V-DNM s/RECURSO DIRECTO DNM Juzg. 8.

Buenos Aires, de de 2019.- SR Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que la actora, de nacionalidad peruana, representada por la Defensora Pública Coadyuvante de la Comisión del Migrante de la Defensoría General de la Nación, interpuso recurso judicial contra los siguientes actos, dictados en el expediente nº 33811/2012 del registro de la Dirección Nacional de Migraciones (en adelante, DNM):

    (i) la disposición SDX 241641/2012, que declaró irregular su permanencia en el país, ordenó su expulsión y prohibió su reingreso con carácter permanente, en los términos del art. 29, inc. “c”, de la ley 25.871 (texto original), por haber sido condenada a la pena de cuatro años y seis meses de prisión por el delito de contrabando agravado por tratarse de estupefacientes destinados inequívocamente a su comercialización, en grado de tentativa; (ii) la disposición SDX 212954/2014, que rechazó el recurso de reconsideración interpuesto contra aquélla; (iii) la resolución 174/2019 del Secretario de Interior, del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda, que rechazó el recurso de alzada.

  2. Que la señora jueza titular del Juzgado nº 8 desestimó la demanda con fundamento en que el caso tenía encuadramiento “en los impedimentos para ingresar y permanecer en el territorio nacional, preceptuados en el inc. c) del art. 29 de la ley”, de modo que la DNM se había “limitado a considerar que se hallaba configurado uno de los supuestos objetivos” allí previstos (fs. 190/194).

    Asimismo, rechazó la intervención de la Defensoría de Menores de Incapaces y enfatizó que, a los fines de examinar el derecho a la reunificación familiar, corresponde distinguir los casos en que la persona extranjera haya ingresado irregularmente al territorio nacional, de los casos Fecha de firma: 16/07/2019 Alta en sistema: 17/07/2019 Firmado por: DRA. DO PICO - DRA. HEILAND - DR. FACIO - , JUECES DE CÁMARA - - H. GERDING SECRETARIO #33402915#237830027#20190626095405750 en que la orden de expulsión se funda en la comisión de un delito, como ocurrió en el caso.

  3. Que la parte actora apeló (fs. 195/201)

    Fundó sus agravios, en síntesis, en que: (i) no se examinó

    adecuadamente el derecho a la reunificación familiar, no se tuteló el interés superior del hijo argentino de la actora, menor de edad, ni se hizo un test de razonabilidad de la orden de expulsión; y (ii) las modificaciones...

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