Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V, 29 de Septiembre de 2023, expediente CNT 035037/2023/CA001

Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2023
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO

SALA V

Expte. Nº 35037/2023/CA1

Expediente Nº 35037/2023/CA1

SENTENCIA INTERLOCUTORIA 53229

AUTOS: “GUTIERREZ, N.N. c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

(Juzgado Nº 17)

Ciudad de Buenos Aires, 29 de septiembre de 2023.

VISTOS

Y CONSIDERANDOS:

  1. Contra la sentencia dictada el día 31/08/2023 que declaró desierto el recurso interpuesto por la parte actora y confirmó el dictamen médico apelado, apela dicha parte conforme los términos de los agravios expuestos en el memorial agregado el 05/09/2023, escrito que mereció réplica de la contraria en fecha 08/09/2023.

    En este sentido, cuestiona el decisorio de grado al considerar que se viola el acceso a la justicia y al debido proceso. En ese sentido, sostiene que existe un apartamiento del Acta Nº 2669, por lo que solicita que se sortee un perito médico legista con el fin de determinar el porcentaje de incapacidad que al actor le generó el accidente en autos. Asimismo, manifiesta la parcialidad que existe en el dictamen médico en las comisiones médicas, así como también la ausencia de estudios complementarios.

    Para decidir la confirmación del dictamen de la Comisión Médica interviniente jurisdiccional Nro. 10 de Capital Federal, la Sra. Jueza de la anterior instancia concluyó que la parte actora incluye en su escrito una crítica concreta y razonada contra la decisión que concluyó

    la inexistencia de incapacidad. En ese sentido, sostiene que la actora no aporta otra documentación ni indica cuál sería el error en el diagnóstico.

  2. Analizados los antecedentes de autos y los términos del recurso interpuesto,

    debe señalarse que en el caso la demandante, luego de transitar la instancia administrativa previa y obligatoria por el rechazo de la contingencia, pretendió cuestionar la resolución administrativa en el marco del procedimiento diseñado por la ley 27.348.

    En este sentido, cabe destacar que una vez agotada la instancia previa y excluyente ante comisiones médicas, queda habilitada para el trabajador la opción de un recurso pleno ante la justicia ordinaria respecto de la decisión eventualmente adoptada por dicha comisión,

    con posibilidad de prueba respecto a los aspectos cuestionados.

    Nótese que la trabajadora denuncia haber sufrido un accidente in itinere en fecha 28/09/2022 cuando se dirigía del trabajo a su casa a bordo de un colectivo y éste sufre un accidente de tránsito, por lo que a causa del impacto, sufre traumatismos a nivel de la columna cervical, pierna y rodilla izquierdas.

    Conforme la controversia que se suscita en relación con ese dictamen y los términos de la apelación deducida por la parte actora, este tribunal considera -contrariamente a lo Fecha de firma: 29/09/2023

    Firmado por: G.D.V., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: B.E.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.C., SECRETARIA DE CAMARA

    1

    Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO

    SALA V

    Expte. Nº 35037/2023/CA1

    sostenido por la Sra. Jueza de la anterior instancia- verificada la sustanciación de la expresión de agravios y la satisfacción de aquélla en lo relativo al recaudo de fundamentación crítica suficiente,

    pues los elementos de análisis expuestos en el marco de un recurso como el que nos ocupa no permiten considerar insuficiente al mismo, máxime cuando en el planteo inicial se expresa concretamente...

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