Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 11 de Octubre de 2022, expediente FSA 002516/2020/CA003

Fecha de Resolución11 de Octubre de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I - SECRETARIA PREVISIONAL 1

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Salta “GUTIERREZ, G.D. VALLE c/

ANSES s/ AMPARO LEY 16.986” Expte. N°

2516/2020 (Juzgado Federal N° 1 de Salta)

ta, de octubre de 2022.

VISTO:

  1. Que con fecha 4/7/21 el juez hizo lugar al amparo interpuesto por la Sra. G.d.V.G. en contra de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) y, en consecuencia, le ordenó que continúe liquidando y poniendo al pago el beneficio de pensión no contributiva para madre de siete hijos, bajo apercibimiento de procederse a la aplicación de $

    1.000 (pesos mil) de astreintes por cada día de demora. Impuso las costas por el orden causado.

  2. Que la demandada se agravia de la resolución por cuando considera que la actora no cumple con los requisitos impuestos por la normativa vigente para obtener el beneficio peticionado, afirmando que “de los informes producidos por ANSES, surge que la titular y/o parientes obligados a prestar alimentos, poseen bienes, ingresos o recursos de otra naturaleza que le permiten su subsistencia y la de su grupo familiar conviviente”.

    A tales efectos, denuncia que entre los ingresos, se encuentra el del conviviente de la accionante, Sr. A.I., por $73.277,87 al 5/22

    como trabajador rural dependiente de la firma “El Cerrito SRL”, y el de la hija F.B.I., que percibe la suma de $26.267,47 al 7/22 como Fecha de firma: 11/10/2022

    Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.S.E., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.V.C.O., SECRETARIA DE CAMARA

    Firmado por: SANTIAGO FRENCH, JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Salta titular de una pensión no contributiva, lo que supera el monto de los dos haberes mínimos previsionales previstos por el art. 5 de la resolución 266/18,

    con lo que no cumple con los requisitos exigidos por el inciso b) del artículo 2

    de la Ley 23.746, y el inciso e) del artículo 2 del decreto 2360/90, por lo que peticiona que se revoque la sentencia apelada. Solicita la imposición de costas por el orden causado.

    Corrido el traslado, la letrada de la accionante pide su rechazo conforme los argumentos expuestos en el escrito del 28/7/22.

  3. Que con fecha 21/9/22 el Sr. Fiscal Federal dictaminó por la desestimación del recurso interpuesto por ANSeS.

    CONSIDERANDO

  4. Que las partes son contestes en afirmar que la Sra. del V.G. es madre de 7 hijos; que su conviviente, el Sr. A.I., se desempeña como trabajador rural en la empresa “El...

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