Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SECRETARIA SALA A, 15 de Septiembre de 2022, expediente FMZ 013580/2015/CA002

Fecha de Resolución15 de Septiembre de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SECRETARIA SALA A

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A

13580/2015

GUTIERREZ, A.J. c/ ANSES s/REAJUSTES

VARIOS

Mendoza Y VISTOS:

Los presentes autos Nº FMZ 13580/2015/CA2, caratulados: “GUTIÉRREZ,

ANTONIO JESUS C/ ANSES S/ REAJUSTES VARIOS”, venidos a esta Sala “A” para regular los honorarios profesionales de la parte actora, generados con motivo del rechazo,

con costas, del recurso extraordinario oportunamente deducido por la ANSES (art. 256 del C.P.C.C.N. y art. 14 de la Ley 48);

Y CONSIDERANDO:

  1. Que atento al estado procesal de la causa y a la petición efectuada por el Dr.

R.B., corresponde regular los honorarios de los profesionales intervinientes en representación de la parte actora, por su actuación en la contestación del recurso extraordinario materializada con fecha 18.03.2019 (fojas 107/116) en el 30% de lo regulado en primera instancia (art. 30 de la Ley 27.423).

Por ello, SE

RESUELVE:

1) Regular los honorarios profesionales de la parte actora, por su actuación en la contestación del recurso extraordinario deducido por la contraria, en el 30% de lo establecido en primera instancia (art. 30 de la Ley 27.423). 2)

F. que sea el presente, bajen los autos al Juzgado de origen a los fines que se estime correspondan.

PROTOCOLÍCESE. NOTIFÍQUESE. PUBLÍQUESE.

vs Fecha de firma: 15/09/2022

Firmado por: L.G., Secretaria de Cámara Firmado por: G.E.C. DE DIOS, JUEZ DE CÁMARA

Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: J.I.P.C., JUEZ DE CAMARA

Fecha de firma: 15/09/2022

Firmado por: L.G., Secretaria de Cámara Firmado por: G.E.C. DE DIOS, JUEZ DE CÁMARA

Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: J.I.P.C., JUEZ DE CAMARA

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR