Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 9 de Septiembre de 1997, expediente A C68303

PresidentePisano-San Martín-Laborde-Hitters-Salas
Fecha de Resolución 9 de Septiembre de 1997
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

Ac.á68.303,á"Madroñal, G. y otra. Tercería de mejor derecho. R.. de queja".

//Plata, 9 de setiembre de 1997.

AUTOS Y VISTO:

Que en el caso el pronunciamiento de la Cámara que confirma la caducidad de instancia declarada por la sentencia de primera instancia, no reviste carácter de definitiva en los términos de los arts. 278 y 296 del Código Procesal Civil y Comercial, desde que ello no impide el ejercicio de la acción en un nuevo juicio (art. 318, Código citado; conf. "Acuerdos y Sentencias", 1959-IV-614, D.J.B.A., t...

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