Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 4 de Marzo de 2021, expediente CIV 042226/2018

Fecha de Resolución 4 de Marzo de 2021
EmisorCamara Civil - Sala H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H

42226/2018

GUIMARAES ESPINOLA, C.L. Y OTRO c/

PADILLA, GASTON ARIEL MIGUEL s/ALIMENTOS

Buenos Aires, 4 de marzo de 2021.- FG

Y VISTOS;

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan estos autos a fin de entender respecto de los recursos de apelación interpuestos por los letrados de la reclamante contra la regulación de sus honorarios de fecha 07/10/2020.

  2. A tales efectos se tendrá en cuenta el monto de la cuota alimentaria fijada a fs. 286/290 (12/02/2020), naturaleza del proceso, etapas procesales cumplidas por cada uno de los beneficiarios, el mérito de la labor desarrollada apreciada por su eficacia, extensión del trabajo realizado y la relación de esta labor con el principio de celeridad procesal, como así también la calidad jurídica de la tarea profesional, la complejidad y responsabilidad que de las particularidades del caso pudieran derivarse para los profesionales, el resultado obtenido y la trascendencia económica y moral que para la interesada reviste la cuestión en debate (arts. 3, 16, 20, 21, 29, 30, 39,

    51 y cctes. de la ley 27.423).

    Ante ello, al haber sido apelados únicamente por bajos y no serlos, se confirman los honorarios del letrado patrocinante de la parte actora hasta fs. 241, Dr. J.G.. En tanto, por ser reducidos, se elevan los de la Dra. C.D.,

    patrocinante de la misma parte desde fs. 247, a la suma de PESOS

    ONCE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS, –3 UMA s/Ac.

    1/2021.

  3. Regístrese y notifíquese por Secretaría a los domicilios electrónicos registrados en el SAU por las partes y los beneficiarios (Ac. N° 31/2011, 38/2013 y...

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