Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 28 de Diciembre de 2017, expediente CAF 056851/2017/CA001

Fecha de Resolución28 de Diciembre de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V EXPTE. Nº CAF 56.851/2017/CA1 “GUILFORD ARGENTINA SA c/

DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/ RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO”.

Buenos Aires, de diciembre de 2017.-

Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que a fojas 319 la parte actora interpuso recurso de apelación contra la resolución dictada por el Tribunal Fiscal de la Nación fojas 53, el que fuera concedido por dicho Tribunal a fojas 322.

  2. Que el artículo 195 de la Ley N° 11.683, prescribe: “[e]l escrito de apelación se limitará a la mera interposición del recurso. Dentro de los QUINCE (15) días subsiguientes a la fecha de su presentación, el apelante expresará agravios por escrito ante el TRIBUNAL FISCAL DE LA NACION, el que dará traslado a la otra parte para que la conteste por escrito en el mismo término, vencido el cual, haya o no contestación, se elevarán los autos a la Cámara Nacional competente, sin más sustanciación, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes (…)”.

De las constancias de la causa resulta que la parte actora interpuso recurso de apelación el 3 de marzo de 2017, y fundó sus agravios el 4 de abril del 2017, por lo que dicha presentación resulta extemporánea.

En consecuencia, corresponde declarar desierto el recurso de apelación interpuesto a fojas 319, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 266 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, de aplicación supletoria, conforme lo dispuesto por el artículo 197de la Ley Nº 11.683. (cfr. en igual sentido esta S. en “OFIS SA (TF 28284-I) c/ DGI s/COMPETENCIA”, expte. Nº 23835/2008, sentencia del 31 de marzo de 2015).

En virtud de lo expuesto el Tribunal

RESUELVE:

1)

Declarar desierto el recurso de apelación deducido por la actora a fojas...

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