Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 26 de Junio de 2019, expediente FSA 031000346/2008/CA001 - CA003

Fecha de Resolución26 de Junio de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II - SECRETARIAPREVISIONAL 2

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Salta – Sala II “GUIBARGUIS LUCIA Y OTRO c/ ANSES s/EXPEDIENTES CIVILES” Expte.

N°31000346/2008 (Juzgado Federal N° 1 de Jujuy).

Salta, 26 de junio de 2019.

VISTO

Y CONSIDERANDO:

1) Que vienen las presentes actuaciones a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la Administración Nacional de la Seguridad Social a fs. 302/304 en contra de la providencia de fecha 30 de abril de 2019 que aprobó la planilla de liquidación de astreintes por la suma de pesos diez mil ($10.000) al 01 de junio de 2018 (fs. 301).

2) Que la Administración se agravió de la imposición de las sanciones conminatorias al considerar que realizó todas las gestiones tendientes a fin de acatar la manda judicial.

Destacó que una vez recepcionadas las actuaciones administrativas pertenecientes al accionante procedió a conformar el expediente de cumplimiento adjuntando al mismo las sentencias recaídas en autos con las cédulas de notificación, los formularios de estilo, las piezas necesarias para su liquidación y unido al principal lo remitió a la Dirección General de Análisis y Liquidación de Sentencias Judiciales.

Señaló que actualmente el expediente se encuentra en estado de “Análisis de Especialista” y solicitó un plazo ampliatorio en razón de que el organismo se encuentra en Capital Federal.

Fecha de firma: 26/06/2019 Alta en sistema: 27/06/2019 Firmado por: G.F.E., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.S., SECRETARIA Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA #4202831#237401570#20190627080456915 Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Salta – Sala II Detalló el orden operativo de trabajo y sus fines los que se encuentran regulados por la circular DPN°18/13, emitida en el marco de la ley 24.463 y las resoluciones SSS n°56/97 y 35/2000.

Remarcó la sanción y promulgación de la ley 26.854 (en especial su art.

9) y el artículo 195 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, ambos vigentes y no cuestionados en su validez.

Citó jurisprudencia. Hizo reserva del caso federal (fs. 302/304).

3) Corrido el traslado pertinente, la actora contestó agravios solicitando, por las razones que allí explicó, el rechazo del recurso interpuesto por la contraria (fs.306/308).

4) Que de las constancias de autos surge que en fecha 30 de octubre de 2012 el juez de la instancia anterior revocó la resolución RNT-B 02314/08 emitida por la Administración...

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