Guía práctica para el consumidor: cómo es el nuevo mercado cambiario

Se levantó el cepo cambiario y, con él se fueron las percepciones de 20 o 35% que había dispuesto el Gobierno anterior para las compras de moneda extranjera y en el exterior y para la adquisición de pasajes y paquetes turísticos. Aquí las preguntas y respuestas para el consumidor:

-¿Se pueden comprar dólares libremente?

-Sí, hasta un límite de US$ 2 millones por mes, siempre y cuando sea con fondos provenientes de ingresos en blanco, algo que luego monitoreará la AFIP.

-¿Hace falta una autorización de la AFIP para la adquisión?

-No. Ya no hay controles previos.

-¿Pueden comprar dólares quienes no tienen cuenta bancaria?

-Sí. Se puede comprar dólares con efectivo en cualquier banco o casa de cambio, hasta US$ 500 mensuales. Para cualquier operación mayor hace falta estar bancarizado y pagar los billetes ya sea vía cheque de cuenta propia, tarjeta de débito o transferencia desde una cuenta bancaria. Muchas casas de cambio también tienen instalados posnet para tomar tarjetas de débito por operaciones de pequeños montos.

-¿Devolverán los fondos a todos aquellos a los que se les vino reteniendo el 20% o 35% por sus operaciones o consumos en moneda extranjera?

-Sí, la normativa sobre ese aspecto no se modificó. En el caso de los asalariados, las devoluciones llegan, por lo general, entre febrero y marzo y a través del empleador. Y la solicitud debe hacerse completando online el formulario 572, donde se declaran deducciones y pagos a cuenta del impuesto a las ganancias.

-¿Se pueden comprar dólares en bancos o casas de cambio de las que no se es cliente?

-Sí. Se eliminó la restricción de operar únicamente con los bancos de los que uno es cliente. Desde el Banco Central aclararon que, por las normas en materia de lavado de dinero, es probable que, en transacciones de montos grandes, los bancos o las casas de cambio le soliciten al comprador información que demuestre que sus ingresos son genuinos. Por lo general, el banco del que uno es cliente ya cuenta con esa información.

-¿Qué pasa con los que compraron dólares con la opción de atesoramiento y los depositaron en un banco, con lo cual evitaron que se les cobrara el 20% de recargo? Si retiran el dinero antes del año, ¿se cobra ese adicional?

-Sí. Todas las operaciones que se hicieron bajo la regulación anterior quedan sujetas a las normas del momento en que se efectuaron. El 20% se calculará según el tipo de cambio del día en que se retiren los fondos.

-Los que cobraban jubilaciones del exterior...

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