Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 7 de Abril de 2016, expediente CAF 040638/2009/CA001

Fecha de Resolución 7 de Abril de 2016
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA III Causa Nº 40.638/2009: “G.R.C. Y OTRO c/ EN -Mº DEFENSA-DTO 1053/08 s/ PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG”

Buenos Aires, 7 de abril de 2016. SMM Y VISTOS; CONSIDERANDO:

I- Que, por pronunciamiento del 4 de diciembre de 2015, el Sr. Juez de primera instancia resolvió hacer lugar al acuse de perención efectuado por la parte demandada y, en consecuencia, declaró la caducidad de la instancia, con costas.

Para así decidir, señaló que como consecuencia de la falta de impulso por parte de la interesada se habían paralizado los autos el 19/10/2012 y que, recién dos años después, solicitó que se sacaran los mismos de ese estado (el 24/11/2014), aunque ese acto -conforme lo sostenido por la jurisprudencia- no interrumpía el plazo de caducidad. Asimismo, destacó que -sin perjuicio de los escritos presentados posteriormente por la actora a fs. 56 y 58- lo cierto era que desde el traslado ordenado a fs. 53, y hasta el pedido de fs. 54 (descontadas las ferias de julio 2012, 2013,2014 y enero 2013,2014), la accionante no había desplegado actividad alguna a fin de hacer avanzar el procedimiento y que transcurrió con holgura el plazo establecido por el artículo 310, inc. a) del C.P.C.C. (v. fs. 82).

II- Que, contra la resolución de primera instancia, la parte actora interpuso recurso de apelación a fs. 83, que ha sido concedido a fs. 84.

La recurrente aduce -en síntesis- que han mediado diversos actos impulsorios del proceso, desde el pedido efectuado para que se sacara el expediente de paralizado, ya que el Juzgado puso el expediente a disposición de su parte y así pudo constituir nuevo domicilio y otorgó autorización para ver el expediente. Refiere que, Fecha de firma: 07/04/2016 Firmado por: J.E.A.C.M.G.S.G.F., Firmado por: J.E.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA #10500091#150561970#20160408093622458 Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA III Causa Nº 40.638/2009: “G.R.C. Y OTRO c/ EN -Mº DEFENSA-DTO 1053/08 s/ PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG”

además, notificó la constitución de ese domicilio y constituyó

domicilio electrónico en cumplimiento de la Acordada 38/2013 de la CSJN. Afirma que entre el auto del 22/12/14 y el escrito del...

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