Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 1 de Agosto de 2017, expediente CAF 023112/2016/CA001

Fecha de Resolución 1 de Agosto de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV 23112/2016/CA1 GUENZANI, ARTURO JULIO c/ COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS DE CAPITAL FEDERAL s/EJERCICIO DE LA ABOGACIA - LEY 23187 - ART 47 Buenos Aires, 1° de agosto de 2017.

VISTOS:

La nulidad de la notificación obrante a fs. 147/157, planteada por la actora a fs. 158/161 y, CONSIDERANDO:

  1. ) Que el letrado A.J.G. opone la nulidad de la notificación del planteo de caducidad de la instancia de la demandada, por no cumplir con lo dispuesto en el art. 120 del CPCCN.

    Señala, en esencia, que se omitió acompañar copia del poder que acreditaría que el letrado J.P.E. es apoderado del CPACF.

    Pide, en consecuencia, que se lo intime a adjuntar dicho instrumento y, en caso de incumplimiento, se ordene el desglose del escrito. Subsidiariamente, solicita el rechazo de la caducidad de instancia, con costas y que se resuelva la cuestión de fondo (ver fs. 147/161).

  2. ) Que, conforme surge de las constancias de autos, la nulidad ha sido planteada en forma extemporánea.

    En efecto, la cédula de notificación en cuestión fue debidamente cursada en el domicilio constituido y recibida por el letrado el 18/05/17, a las 18:01 h (ver fs. 146 vta.). También surge, según el cargo de fs.

    161 vta., que el aquél recién articuló la nulidad de la notificación el 06/06/17, vencido el plazo de cinco días subsiguientes al conocimiento del acto cuya validez impugna que exige el art. 170 del CPCCN.

    Aun cuando ello es suficiente para rechazar el planteo, cabe destacar también, y sólo a mayor abundamiento, que de todas formas el pedido tampoco hubiera prosperado. Ello es así, porque la omisión de acompañar la copia del mandato otorgado por el CPACF, no impidió al actor tomar conocimiento de la caducidad planteada a través de dicho instrumento, ni cumplir con los actos procesales correspondientes, ya que tenía la posibilidad de consultar el expediente en forma personal o por medio del sistema web de consulta de causas (arg. esta S., causa nº 30205/2014/CA1, “G., B.I. c/ EN – M Justicia DDHH s/ amparo por mora”, resol. del 19 de mayo de 2015).

    Fecha de firma: 01/08/2017 Alta en sistema: 02/08/2017 Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA 1 Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA #28268295#182966385#20170712103047182 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV 23112/2016/CA1 GUENZANI, ARTURO JULIO c/ COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS DE CAPITAL FEDERAL...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR