Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I, 5 de Noviembre de 2021, expediente CNT 023087/2020/CA001

Fecha de Resolución 5 de Noviembre de 2021
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA I

Expediente Nro. 23.087/2020

Causa: “GUELMO DANIEL c/ ASOCIART ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY

ESPECIAL”

Juzgado Nro. 25 SALA I

Buenos Aires, de 2021.

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por el actor contra la resolución de grado que declaró “la incompetencia de esta Justicia Nacional del Trabajo para entender en las presentes actuaciones con sustento en la falta de habilitación de la instancia judicial” y rechazó el planteo de inconstitucionalidad de la ley 27.348 en lo que concierne al trámite administrativo previo.

Y CONSIDERANDO:

La doctora G.A.V. dijo:

  1. El 14.10.2020 el actor promovió demanda ordinaria contra ASOCIART A.R.T.

    S.A., fundada en la ley 24.557 y sus modificatorias, orientada al cobro de prestaciones dinerarias que reparen las derivaciones dañosas de la enfermedad profesional que padece.

    Al relacionar los hechos, el señor D.G. dijo haber comenzado a trabajar el día 06.02.2006 como Oficial General (categoría Operador Envasado) en la empresa Unilever de Argentina S.A con domicilio sito en Tucumán 1 de CABA, en la Planta Industrial de P.,

    cumpliendo una jornada laboral de lunes a viernes incluso, sábados, en turnos rotativos de aproximadamente entre 9 y 12 horas diarias, percibiendo una remuneración mensual de $70.000. Refirió que sus tareas consistían en manejar la máquina envasadora de maicena,

    cambiar las bobinas que miden un metro de largo y pesan entre 60kg y 80kg, que Fecha de firma: 05/11/2021

    Firmado por: M.V.M.C., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: M.C.H., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: G.A.V., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.C., JUEZ DE CAMARA

    cambiaba entre tres y cuatro bobinas por turno, que las debía levantar a mano y las trasladaba en un carro hasta llegar a la máquina envasadora de maicena, más o menos,

    unos 15 metros. Además, debía levantar peso permanente por el material que descartan las máquinas robóticas de envasado. Aseguró que, a consecuencia de las tareas de esfuerzo físico, presenta problemas en su columna lumbar, dorsal y cervical, y que con fecha 01.05.2019 fue asistido por su obra social, quien le indicó tratamiento kinesiológico,

    que los dolores continuaron y realizó la denuncia ante la demandada en marzo del 2020, y que la misma fue rechazada el día 25.03.2020 por considerar que la enfermedad no era de carácter profesional. A su vez, planteó la inconstitucionalidad de la ley 27.348.

  2. El señor juez a quo, en la resolución del 05.08.2021, declaró “la incompetencia de esta Justicia Nacional del Trabajo para entender en las presentes actuaciones con sustento en la falta de habilitación de la instancia judicial” y rechazó el planteo de inconstitucionalidad de la Ley 27.348 en lo que concierne al trámite administrativo previo.

    Para así resolver, expresó que la declaración de inconstitucionalidad constituye la más delicada de las funciones susceptibles de encomendarse a un tribunal de justicia, pues configura un acto de suma gravedad institucional que debe ser...

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