Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA CIVIL, 18 de Diciembre de 2018, expediente FLP 052761/2018/CA001

Fecha de Resolución18 de Diciembre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA Plata, 18 de diciembre de 2018.

AUTOS Y VISTOS: Este expediente FLP 52761/2018/CA1 caratulado “G.Q. c. Dirección Nacional de Migraciones s/ contencioso administrativo-

varios”, procedente del Juzgado Federal de La Plata n°

4, Secretaría N° 11; Y CONSIDERANDO QUE:

I.A..

  1. La Dirección Nacional de Migraciones declaró

    irregular la permanencia en el territorio de la República Argentina de Q.G. de nacionalidad china. También ordenó su expulsión del territorio y la prohibición de reingreso por el término de cinco años (fs. 19/22, Resolución 111460, del 12/06/2017). El organismo fundó su decisión en el ingreso al país de forma irregular.

  2. Esta resolución fue objeto de impugnación en sede administrativa (fs. 39/45). El recurso deducido fue rechazado (fs. 61/63). La interesada, entonces, interpuso recurso judicial (fs. 82/85 y vta.) y la Dirección Nacional de Migraciones lo elevó junto con el informe del artículo 69 septies de la ley 25.871 (fs.

    88/112 y vta).

  3. El juez de primera instancia rechazó este recurso. En consecuencia confirmó la resolución de la Dirección Nacional de Migraciones que había desestimado el recurso deducido y dispuso también que, una vez consentida o ejecutoriada la sentencia, se autorizaba “a la Dirección Nacional de Migraciones a proceder a la retención de la Sra. Q.G.” en la forma establecida en los artículos 69 octies y 70 de la Ley Migratoria (fs. 117/127).

  4. G.Q. dedujo el recurso de apelación Fecha de firma: 18/12/2018que motiva ahora la intervención de este Tribunal (fs.

    Firmado por: C.A.V., juez de cámara Firmado por: ANTONIO PACILIO, Juez de Cámara Firmado por: M.S.L., SECRETARIO #31781667#224084746#20181218105334286 128/135). Los agravios que expresa pueden sintetizarse así: a) la sentencia incurrió en arbitrariedad por no haberse valorado las pruebas ofrecidas y por falta de fundamentación y motivación de lo decidido; b) el decreto 70/2017 es nulo, ilegal e inconstitucional en cuanto consagró “un nuevo mecanismo de expulsión de personas migrantes en el territorio argentino” que lesiona los derechos constitucionales de libertad de circulación y residencia, unidad familiar, libertad ambulatoria, seguridad personal e integridad física, no discriminación e igualdad ante la ley, debido proceso y defensa en juicio; c) es improcedente la autorización dada por el a quo a la Dirección Nacional de Migraciones para que proceda a la retención por ser inconstitucional el...

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