Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata , 31 de Julio de 2012, expediente 6.187

Fecha de Resolución31 de Julio de 2012

Poder Judicial de la Nación La Plata, 31 de julio de 2012.

VISTO: el expte. N° 6187, caratulado “G.D.A.N.°

15.269, 15.270 y 12.253 La Plata s/Ley N° 22.802” .

Y CONSIDERANDO:

EL JUEZ S. DIJO:

  1. Que a fs. 49, la Sra. Defensora Pública Oficial, D.S.M.P., interinamente a cargo de la Defensoría Pública Oficial N° 1,

    solicita regulación de honorarios atento haber actuado dicho Ministerio en defensa de los intereses de la firma imputada, en el memorial obrante a fs.

    40/42 y vta., en virtud de lo así dispuesto a fs. 35 por la Alzada frente a la incomparencia de letrado que represente a la firma infractora.

  2. Que si bien no se han efectuado las diligencias tendientes a verificar el estado patrimonial del Supermercado G.D., de acuerdo a USO OFICIAL

    lo que surge del legajo, no puede afirmarse que el comercio inspeccionado tenga el carácter de indigente que requiere la legislación para ser eximido del pago de honorarios, por lo que corresponde, de acuerdo al resultado del proceso, de la parte que le corresponde hacerse cargo de ellos.

  3. Sentado ello, valorada la actuación del Defensor Público Ad Hoc,

    D.J.M.T.C., atento al resultado arribado (ver fs. 46 y vta.), esto es : confirmar la resolución apelada en cuanto impone una sanción por las infracciones objeto de las actas de fs. 1 y vta., 2 y vta., y 3 y vta.: valorada entonces su actuación en función del art. 7 segundo párrafo, como asimismo las prescripciones de los arts. 6, 10, 19 y 14 de la ley de Aranceles Profesionales y de conf. arts. 63 y 64 de la Ley Orgánica del Ministerio Público N° 24.946, corresponde fijar en su favor un honorario de pesos quinientos ($ 500), los que conforme el resultado del proceso son a cargo de la de la infractora.

    A los fines de la notificación de los honorarios aquí fijados, líbrense cédulas a la Dirección Provincial de Comercio y al domicilio real de la infractora, para que dentro de los diez (10) días...

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