Grupo a. Cumbres

Fecha de la disposición10 de Agosto de 2007

ÂGRUPO A. CUMBRES RESORT S.A.Â. Para la inscripción en el Registro Público de Comercio conforme art. 10 Ley 19550, se publicita:1) Denominación: ÂGRUPO A. CUMBRES RESORT S.A.Â. 2) Instrumento de constitución: del 06-08-2007. 3) Domicilio sede social: Sarmiento 45, segundo piso, oficina 113, Pasaje San Martín, Ciudad de Mendoza, de esta Provincia. 4) Accionistas: Mariano Astoreca, D.N.I 22.723.020, casado en segundas nupcias, comerciante, nacido el 31-3-1972, domiciliado en manzana 19, casa 5, Barrio Mariano Moreno II, distrito Ciudad, departamento Las Heras, Mendoza; y Leonardo Astoreca, D.N.I. 24.251.641, argentino, soltero, comerciante, nacido el 7-3-1975, domiciliado en calle Dellepiane 1023 de la Ciudad de Mar del Plata, Partido de General Pueyrredón, Buenos Aires. 5) Directorio: Presidente: Mariano Astoreca y Director Suplente: Leonardo Astoreca. 6) Objeto: La sociedad tiene por objeto realizar, por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, sean personas físicas o jurídicas, tanto en el país como en el extranjero, las siguientes actividades: a) a) Prestar servicios de hotelería en general, explotación de todo tipo de hoteles, hosterías, residenciales, realizar todas las actividades relacionadas en forma directa o indirecta con el turismo y afines, desarrollar las actividades correspondientes a agencias de viajes, en un todo de acuerdo a las normas legales aplicables (Ley 18829), sus modificaciones y decretos reglamentarios y resoluciones de la Dirección Nacional de Turismo; b) La adquisición para su construcción, locación, explotación, venta y/o permuta de toda clase de bienes inmuebles, urbanos, suburbanos y rurales, la afectación al régimen de pre-horizontalidad y la propiedad horizontal y la venta de tierras en lotes u operaciones inmobiliarias celebradas por terceros, todo ello con fines destinados a complejos turísticos habitacionales, actuando por sí o como mandatarios de terceros pudiendo establecer reglamentaciones para su uso y representar contractualmente a los mandantes en actos de disposición o administración de sus derechos; c) La administración y explotación bajo la modalidad que estime conveniente de los complejos turísticos que la sociedad adquiera o construya. El otorgamiento a terceros bajo la modalidad y forma jurídica que se estime conveniente, para que realicen dicha explotación; d) La explotación de complejos turísticos de propiedad de terceros; e) La adquisición, explotación y administración de la modalidad turística...

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