Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA A - SECRETARIA PREVISIONAL, 23 de Agosto de 2017, expediente FCB 033071148/2011/CA001

Fecha de Resolución23 de Agosto de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA A - SECRETARIA PREVISIONAL

Poder Judicial de la Nación Expte. N° FCB 33071148/2011 AUTOS: “GRIBOT, E.A. c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS”

doba, 23 de Agosto de 2017.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “GRIBOT, E.A. c/ ANSES - REAJUSTES VARIOS” (Expte. N° 33071148/2011/CA1), venidos a conocimiento del tribunal en virtud del recurso de apelación articulado por la parte actora en contra de la Sentencia de fecha 17 de septiembre de 2013 dictada por el entonces señor Juez Federal Subrogante N° 3 de Córdoba, en la que decidió declarar la existencia de cosa juzgada en cuanto al recalculo del haber inicial y la movilidad hasta el 31/3/95, ordenando aplicar la movilidad prescripta en el caso “B.” como así

también ordenó se reajuste el haber del accionante, todo de conformidad a las pautas fijadas en los considerandos, debiendo practicarse la liquidación en el plazo de 120 días hábiles desde que la resolución quede firme. Asimismo, dispuso que las diferencias resultantes deberán efectivizarse conforme lo prescripto por la ley 26.784 y el cálculo de intereses por las diferencias mandadas a pagar desde dos años antes de la fecha que la ANSeS recibió el reclamo de reajuste. Las costas fueron impuestas en el orden causado.

Y CONSIDERANDO:

  1. En contra de lo resuelto por el Juez de primera instancia, la parte actora funda el recurso de apelación solicitando se revoque el decisorio apelado, disponiéndose el recalculo del haber inicial y la movilidad hasta marzo de 1995 conforme lo dispuesto en el precedente “S., M. delC.”. Cita diversa jurisprudencia. (fs. 97/102vta.).

    Corrido el traslado de ley, la parte demandada contesta agravios (fs. 105/108) quedando la causa en condiciones de ser resuelta (fs. 105/108).

  2. Previo a todo, y a los fines de una mejor comprensión de la causa, en lo que aquí importa, corresponde efectuar una breve reseña de lo acontecido en estos obrados. Así la actora inició

    reclamo por reajuste de haberes, el que fue desestimado por la demandada, resolución que fue apelada por aquél dando origen a los autos “GRIBOT, E.A.C.A.N.Se.S.” (expte. nº

    49-G-00), en los que obtuvo sentencia en la que se aplicaron los precedentes “Chocobar” y “H.R.” (ver fs. 3/4vta.), resoluciones que se encuentra firmes y consentidas, conforme lo señala el Iudicante en la resolución bajo estudio.

    El actor en su escrito inicial (fs. 5/13), señaló que si bien oportunamente obtuvo sentencia de reajuste de haber previsional, ello fue aplicando la movilidad conforme el precedente “Chocobar” y Fecha de...

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