Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala D, 22 de Febrero de 2023, expediente CIV 010789/2022/CA001

Fecha de Resolución22 de Febrero de 2023
EmisorCamara Civil - Sala D

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA D

10789/2022

GREEN WAVE SRL C/ SOUTH AMERICAN TRUST SA Y OTRO

S/ORDINARIO

Buenos Aires, de febrero de 2023.- Ni AUTOS Y VISTOS:

Son elevadas las actuaciones para tratar los recursos interpuestos contra los honorarios regulados el 25 de noviembre de 2022 al perito contador L.G.L. (40,62 UMA) y al perito ingeniero en sistemas G.H.B.S. (40,62 UMA).

Los peritos apelan las regulaciones por considerarlas bajas, sosteniendo, entre otras cosas, que se omitió la aplicación de los intereses sobre el monto reclamado, considerando que de esa forma se debe componer la base regulatoria.

Es de destacar que el artículo 22 de la ley 27.423

establece que, en los juicios por cobro de sumas de dinero, la cuantía del asunto será el monto de la demanda o reconvención; si hubiera sentencia, será el de la liquidación que resulte de la misma,

actualizado por intereses si correspondiere.

También para el supuesto de rechazo de demanda prescribe que, al monto de la misma, debe añadirse intereses.

Por último, el artículo 24 dispone que, a los fines de la regulación de honorarios, se tendrán en cuenta los intereses que deban calcularse sobre el monto de condena. “Los intereses fijados en la sentencia deberán siempre integrar la base regulatoria, bajo pena de nulidad”.

De las normas transcriptas se desprende que la inclusión de intereses en la base regulatoria se prevé para los casos en que recaiga sentencia que admita o rechace la demanda, pero, en cambio,

no se contempla su inclusión en casos como el presente, en el que deban regularse honorarios sin que el proceso principal se encuentre concluido.

Fecha de firma: 22/02/2023

Alta en sistema: 23/02/2023

Firmado por: G.G.R., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.L.C., JUEZ

Sentado ello, teniendo en cuenta la naturaleza,

importancia y extensión de la actuación cumplida en autos por los peritos; las tareas desarrolladas, el monto reclamado en los autos principales; lo prescripto por los artículos 1, 16, 21, 22, 50 y 51 de la ley 27.423, el artículo 3, inc. d), del decreto ley 16.638/57 para el caso del contador, lo normado por el art. 478 del CPCCN y el valor de la UMA establecido por la Acordada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación N° 25/2022 para la fecha de regulación y para la actualidad,

se confirman las retribuciones fijadas al perito contador L.G.L. y al perito ingeniero en sistemas G.H.B.S..

Regístrese y devuélvase, encomendándose...

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