Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 2, 22 de Septiembre de 2017, expediente CSS 074272/2011/CA001

Fecha de Resolución22 de Septiembre de 2017
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2 74272/2011 G.J.N.J. c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS Buenos Aires, .-

VISTO:

El recurso extraordinario interpuesto por la parte demandada contra la sentencia dictada en autos; Y CONSIDERANDO:

Que la recurrente funda su recurso, especialmente, en la interpretación normativa realizada por el Tribunal.

Que no procede la vía excepcional del recurso extraordinario si los argumentos de los presentantes solo trasuntan sus discrepancias con el alcance acordado a la legislación aplicable y con la valoración de las circunstancias de hecho debatidas, aspectos que no autorizan la apertura del remedio federal planteado (Fallos 308: 1118).

Las cuestiones procesales no dan lugar a la apelación del art. 14 de la ley 48 en tanto lo resuelto no importe agravio constitucional o comprometa instituciones básicas de la Nación. (CS. diciembre 19-978. — G., E.W., S.R.L. c.S., Clara) La Ley 1980-A, 643 (35.422-S).

Asimismo, son ajenas al recurso extraordinario las cuestiones de carácter procesal, aunque estén regidas por normas federales. (CS, setiembre 20-977. —

I., J. y otros) Rep. La Ley 1980, J-Z, p. 2250, sum. 404 - CSN, 298-730.

“Es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) el recurso extraordinario en lo atinente al pago de los salarios caídos así como la tasa de interés aplicable. (R.E.D. c/ D.G.

I. s/REINCORPORACION.

VALIDEZ LAUDO 15/91 R...

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