Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 15 de Febrero de 2023, expediente CNT 010366/2016/CA001
Fecha de Resolución | 15 de Febrero de 2023 |
Emisor | Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi |
Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -
SALA VI
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
SALA VI
Expte Nº: CNT 10366/2016
(JUZG. NRO. 65)
Autos: “G.M.A.C.P.S.S. Y
OTRO S/ACCIDENTE – LEY ESPECIAL“
Buenos Aires, 14 de febrero de 2023
VISTO:
La representación letrada de la parte actora apela los honorarios que le fueron regulados en la sentencia de grado,
por estimarlos reducidos (presentación de fecha 1.8.2022).
CONSIDERANDO:
Que, teniendo en cuenta la naturaleza y extensión de las tareas desarrolladas en autos, el valor económico en juego y,
las pautas arancelarias de aplicación, los honorarios regulados a la representación letrada de la parte actora, no lucen adecuados, por lo que corresponde su elevación al 18% del monto de condena más los intereses establecidos en la sentencia de grado, estando en todo lo demás a lo allí dispuesto (art. 38
LO, y leyes arancelarias aplicables).
Por ello, EL TRIBUNAL
RESUELVE:
Elevar la regulación de honorarios de la representación letrada de la parte actora al 18% del monto de condena más los intereses establecidos en la sentencia de grado, estando en todo lo demás a lo allí
dispuesto.
Fecha de firma: 15/02/2023
Firmado por: G.L.C., JUEZA DE CAMARA
Firmado por: C.P., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.B. DE LA FUENTE, SECRETARIA DE CAMARA
Oportunamente, cúmplase con lo dispuesto en el art. 1º de la ley 26.856 y con la Acordada de la CSJN Nº 15/2013.
Regístrese, notifíquese y vuelvan.
G.L.C.
JUEZA DE CAMARA CARLOS POSE
JUEZ DE CAMARA
Ante mí.-
Fecha de firma: 15/02/2023
Firmado por: G.L.C., JUEZA DE CAMARA
Firmado por: C.P., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.B. DE LA FUENTE, SECRETARIA DE CAMARA
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