Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 8 de Junio de 2022, expediente CNT 057956/2013/CA002

Fecha de Resolución 8 de Junio de 2022
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA

X

SENT.INT. 1 - 3 EXPTE. Nº 57.956/2013/CA2 (53.368)

JUZGADO Nº: 6 SALA X

AUTOS: “GRAMAJO, HUGO ANTONIO C/ MAPFRE ARAGENTINA ART S.A. S/

ACCIDENTE – ACCION CIVIL”

Buenos Aires,

VISTOS:

Los recursos de apelación deducidos por la demandada y los letrados de la actora.

Y CONSIDERANDO:

Que, en atención al mérito, extensión de las tareas realizadas y las pautas arancelarias vigentes los honorarios regulados a favor de la representación letrada de la actora por las tareas de ejecución resultan bajos por lo que cabe elevarlos a $420.000 (PESOS

CUATROCIENTOS VEINTE MIL) equivalentes a 46,661 UMA a valores actuales (cfr. arts.

6, 7, 9, 19, 22 y cctes. Ley 21.839 y Ley 27.423).

Por todo ello, el Tribunal

RESUELVE:

1) Elevar los honorarios regulados a favor de la representación letrada de la actora por las tareas de ejecución a $420.000

(PESOS CUATROCIENTOS VEINTE MIL) equivalentes a 46,661 UMA a valores actuales;

2) Cópiese, regístrese, notifíquese, cúmplase con lo dispuesto en el art. 1 de la ley 26.856 y con la Acordada de la CSJN Nº 15/2013 y devuélvase.

ANTE MI:

DGQ

Fecha de firma: 08/06/2022

Firmado por: G.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por...

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