Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 20 de Abril de 2023, expediente CCF 010629/2022/CA001

Fecha de Resolución20 de Abril de 2023
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III

Causa n° 10629/2022/CA1 “G.M.S. c/OMINT S.A. de Servicios s/ amparo de salud”. Juzgado n°3. Secretaría n° 6.

Buenos Aires, 20 de abril de 2023.

Y VISTO: El recurso de apelación interpuesto y fundado por la demandada el 3 de agosto de 2023, concedido en relación y con efecto devolutivo contra la resolución del 20 de julio de 2022, que mereciera la réplica de la contraria, y CONSIDERANDO:

  1. El 20 de julio de 2022 la señora jueza de feria hizo lugar a la medida cautelar y ordenó a OMINT S.A. de Servicios que proveyera a la señora M.S.G. la cobertura del 70% de la medicación denominada “Creon 25000 cápsulas x 100, 3 cajas por mes”,

    prescripta por el profesional tratante de la actora, en función de la enfermedad que padece (gastrectomía exocrina causada por adenocarcinoma gástrico).

  2. Contra dicha decisión apeló la demandada, en su memorial de agravios, la accionada se queja de la decisión y solicita su revocación sobre la base de agravios que pueden resumirse en los siguientes: a) el objeto de la medida coincide con la decisión de fondo, lo que implica adelantar el fallo definitivo de la causa, b) no se presentan en la causa los elementos necesarios para el dictado de la cautelar, como son la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora y c) la medicación requerida no se encuentra contemplada en las Resoluciones 201/02 y 310/04 del Ministerio de Salud y no está

    en el PMO.

  3. Es importante destacar las siguientes circunstancias que exhibe el caso, de acuerdo a las constancias que obran hasta el momento en el expediente. La señora N.S.G. tiene 65 años y está

    afiliada a la empresa de medicina prepaga demandada. Relata que fue diagnosticada de adenocarcinoma gástrico, producto de ello, se le realizó una gastrectomía subtotal y padece de insuficiencia pancreática de carácter exocrino. Señaló que luego de varios estudios,

    el especialista oncólogo que actualmente la asiste, prescribió la necesidad de iniciar tratamiento con pancreatina 300mg. Destaca la importancia de recibir ese medicamento en tanto lo requiere como terapia de reemplazo de enzimas pancreáticas en virtud de la mala Fecha de firma: 20/04/2023

    Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.D.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: G.A.A., JUEZ DE CAMARA

    absorción intestinal (ver escrito de inicio y certificado médico del 4

    de abril de 2022).

  4. La controversia se plantea en cuanto a la obligación de la demandada de proveer -cautelarmente- la cobertura de la medicación solicitada.

    De las constancias médicas acompañadas al expediente, surge el diagnóstico oncológico que presenta la señora M.S.G. y que, como consecuencia de ello, le fue prescripta la medicación aquí reclamada.

    Es importante destacar que el Programa Médico Obligatorio (PMO) fue concebido como un régimen mínimo de prestaciones que las obras sociales deben garantizar (Resolución 201/02 y 1991/05 del Ministerio de Salud). Es que, como sostuvo este Tribunal -en precedentes análogos al presente-, el PMO no constituye una limitación para los agentes de seguro de salud, sino que consiste en una enumeración no taxativa de la cobertura mínima que los beneficiarios están en condiciones de exigir a las obras sociales (conf.

    Sala I, doctr. causas 630/03 del 15.4.03 y 14/06 del 27.4.06, entre otras), y el mismo contiene un...

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