Sentencia de Sala B, 10 de Mayo de 2012, expediente 62.858

Fecha de Resolución10 de Mayo de 2012
EmisorSala B

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REGIS"rRADO

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"GORDON, R.E. contra Y.P.F. Sociedad Anónima sobre ejecución". Causa N°

62.858, Orden N° 24.556, S. "B".

I.A., {o de mayo de 2012.

VISTOS:

La resolución de fs. 44, por la cual el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 101 se inhibió de entender en las presentes actuaciones.

Lo dictaminado por la fiscalía general de cámara a fs. 46/47 en la oportunidad de contestar la vista que le fue conferida a fs. 45.

y CONSIDERANDO:

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u 1°) Que, por la presentación de fs. 40/41, el Dr. R. -

11.

o E.G. inició un proceso ejecutivo contra Y.P.F. S.A. ante el o Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 101 a efectos de CJ)

:J cobrar los honorarios profesionales regulados por esta Sala "B" por el pronunciamiento del Reg. N° 784/11, dictado en el expediente N° 62.372,

caratulado: "Incidente de Regulación de Honorarios solicitados por el Dr.

R.E.G., en causa N° 52.758: Incidente de regulación de Honorarios solicitados por el Dr. A.P.C. en causa N°

42.0?1: "Y.P.F. S.A. s/inf. ley 22.262", del registro de este Tribunal.

  1. ) Que, por la resolución de fs. 44, el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 101 se inhibió de entender en el proceso ejecutivo iniciado por el Dr. R.E.G. y dispuso remitir las actuaciones a esta Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico por considerar que es el tribunal competente para intervenir en este proceso de ejecución de honorarios por haber sido el que intervino en el proceso principal (art. 6° inc. 1° del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

  2. ) Que, en este caso, el proceso principal es el expediente N°

    064-002687/97 de la Secretaría de Industria, Comercio y Minería del entonces Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos de la Nación,

    en la cual este Tribunal intervino en grado de apelación contra la resolución N° 189, recaída con fecha 22 de marzo de 1999, por la cual se resolvió, entre otras medidas, aplicar a Y.P.F. S.A. una multa de $ 109.644.000 por infracción a los arts. 1 y 2 inciso a), de la ley 22.262 (causa N° 42.061, de esta Sala "B").

  3. ) Que, por el arto 43 de la ley 22.262 se establece: "Serán de aplicación las disposiciones del Libro 1 del Código Penal y las del Código de Procedimientos en Materia Penal, en cuanto sean compatibles con las disposiciones de la presente ley. No serán de aplicación las disposiciones de I

    la Ley de Procedimientos Administrativos".

  4. ) Que, por el arto 567 del Código de...

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