Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala 2, 29 de Agosto de 2014, expediente 24831/2011

Fecha de Resolución29 de Agosto de 2014
EmisorSala 2

Poder Judicial de la Nación SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº: 65904 SALA II.

Expediente Nro. 24.831/2011. F.I.27.6.11. (Juzg.Nº27)

AUTOS:”G.N.G.C./ MAPFRE ARGENTINA ART S.A. Y OTRO S/ACCION DE AMPARO”.

Buenos Aires, 29.8.14.

VISTO

Y CONSIDERANDO:

El recurso de apelación interpuesto a fs. 404/vta. por la perito contadora Sofía

  1. Szkurnik por su propio derecho, contra lo resuelto a fs. 403; Remitida la causa a la Fiscalía General ante la C.N.A.T. se expidió

a través del dictamen obrante a fs. 423, cuyos fundamentos se comparten y en mérito a la brevedad, se tienen aquí por reproducidos.

En efecto, a las presentes actuaciones se les imprimió el procedimiento sumarísimo previsto en el art. 498 del CPCCN (ver fs. 39/42) y, de conformidad con lo establecido en el inc. 6º de la citada norma legal, sólo son apelables “…

la sentencia definitiva y las providencias que decreten o denieguen medidas cautelares”. En consecuencia, quedan excluidas las hipótesis concernientes a facetas laterales, como lo es la resolución que nos ocupa dictada en autos en el marco de la ejecución de la sentencia recaída en el expediente (ver, entre otros, Dictamen nrol.13.699 del 28.9.92 en autos “Unión Obrera Metalúrgica de la R.A. c/ Estado Nacional- Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”).

En tal inteligencia, corresponde declarar mal concedido (conf. art.

498 del CPCCN), el recurso articulado a fs. 404/vta. por la perito contadora y declarar las costas en el orden...

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