Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 10 de Septiembre de 2021, expediente CNT 082018/2017/CA001

Fecha de Resolución10 de Septiembre de 2021
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

SALA VI

Expte Nº CNT 82018/2017

(JUZG. NRO. 1)

Autos: “G.M.N. C/PROVINCIA ART S.A. S/ACCIDENTE

– LEY ESPECIAL“

Buenos Aires, 9 de septiembre de 2021

VISTO:

La parte demandada apela los honorarios regulados al perito médico, por considerarlos elevados y, a su vez, éste último, los apela por estimarlos reducidos (fs. 100 y 101

respectivamente).

Y CONSIDERANDO:

Que, teniendo en cuenta la naturaleza y extensión de las tareas desarrolladas en autos, el valor económico en juego y las pautas arancelarias de aplicación, los honorarios regulados al perito médico, no lucen adecuados, por lo que corresponde su elevación a la suma de $20.000 (art. 38 Ley 18.345 y leyes arancelarias de aplicación).

Por ello, EL TRIBUNAL

RESUELVE:

Elevar la regulación de honorarios del perito médico a la suma de $20.000.

Oportunamente, cúmplase con lo dispuesto en el art. 1º de la ley 26.856 y con la Acordada de la CSJN Nº 15/2013.

R., notifíquese y vuelvan.

Fecha de firma: 10/09/2021

Firmado por: C.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: L.A.R., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.B. DE LA FUENTE, SECRETARIA DE CAMARA INTERINA

L.A.R.

JUEZ DE CAMARA

C.P.

JUEZ DE CAMARA

Ante mí.-

Fecha de firma...

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