Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 13 de Febrero de 2008, expediente C 99500

PresidenteKogan-Pettigiani-Negri-Genoud
Fecha de Resolución13 de Febrero de 2008
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a 13 de febrero de 2008, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctoresK., P., N., G.,se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa C. 99.500, "G. ,M.C. contraS. ,E. . Autorización".

A N T E C E D E N T E S

El Tribunal de Familia nº 1 de S.M. hizo lugar a la petición de la progenitora de los niñosM.I. ,M.R. yF. y concedió autorización judicial para que los mismos permanezcan en Inglaterra, en compañía de su madre, por el plazo de un año, a partir de la efectiva salida del país conjuntamente con la misma (v. fs. 186/192; 198/200).

Se interpusieron, por el demandado, los recursos extraordinarios de inconstitucionalidad, nulidad e inaplicabilidad de ley.

Oído el señor S. General y encontrándose la causa en estado de dictar sentencia la Suprema Corte resolvió plantear y votar las siguientes

C U E S T I O N E S

  1. ¿Se ha tornado abstracta la cuestión sometida a decisión en atención a lo informado a fs. 267 por la Dirección Nacional de Migraciones?

    Caso negativo:

  2. ¿Ha sido bien concedido el recurso extraordinario de inconstitucionalidad?

  3. ¿Han sido bien concedidos los recursos extraordinarios de nulidad e inaplicabilidad de ley?

    Caso afirmativo:

  4. ¿Es fundado el recurso extraordinario de nulidad?.

    Caso negativo:

  5. ¿ Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley?

  6. ¿Corresponde poner en conocimiento de la Secretaría de Control Judicial el trámite seguido en la causa para que deslinde eventuales responsabilidades administrativas?

    V O T A C I O N

    A la primera cuestión planteada, la señora Jueza doctora K. dijo:

    1. Contra la sentencia dictada por el tribunal que hizo lugar al pedido de autorización -por plazo determinado- para que los menores viajen a Inglaterra junto a su madre, el señorE.S. articuló recursos extraordinarios de nulidad, inconstitucionalidad e inaplicabilidad de ley.

      El señor S. General se expidió en dictamen obrante a fs. 245/248, y propició la suerte adversa de la impugnación incoada.

    2. El día 21 de diciembre de 2006 se dictó el llamamiento de autos al acuerdo (fs. 249) y en la providencia obrante a fs. 256 se dispuso librar oficio a la Dirección Nacional de Migraciones a efectos que informe sobre la existencia de registros de salidas al exterior de los menoresS. y su progenitora.

      La...

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