Sentencia de CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL, 4 de Diciembre de 2019, expediente FPA 004791/2016/CA001

Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 4791/2016/CA1 la ciudad de Paraná, capital de la provincia de Entre Ríos, a los cuatro días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve, reunidos en la Sala de Audiencias de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones, los señores miembros de la misma, a saber: Presidenta, Dra. C.G.G., y Vocales de Cámara, D.. B.E.A. y M.J.B., a fin de tratar el expediente caratulado: “GONZALEZ, J.M. CONTRA UNIVERSIDAD NACIONAL DE ENTRE RIOS SOBRE RECURSO DIRECTO LEY DE EDUCACION SUPERIOR LEY 24521”, Expte. N° FPA 4791/2016/CA1, en virtud del recurso directo deducido por el actor, se someten a estudio las siguientes cuestiones:

PRIMERA CUESTIÓN: ¿Es justa la resolución apelada?

SEGUNDA CUESTIÓN: ¿Qué pronunciamiento corresponde dictar?

A LA PRIMERA DE LAS CUESTIONES PLANTEADAS, E L SR. JUEZ DE CÁMARA, D.M.J.B., DIJO:

I- Que en fecha 02/06/2016 el actor ocurre a la jurisdicción y deduce el recurso directo de apelación previsto en el art. 32 de la ley 24521. Cuestiona la resolución administrativa 18/2016 del Consejo Superior de la Universidad Nacional de Entre Ríos (UNER), por considerarla arbitraria y lesiva de sus derechos laborales.

Explica que en el año 2014 se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo que nuclea a las universidades nacionales y que previó un régimen de incompatibilidad horaria, entre otras cuestiones. Mediante ordenanza 414/2015, la UNER reglamentó el art. 31 del CCT y efectuó –

dice el actor- una interpretación restrictiva del mismo, Fecha de firma: 04/12/2019 Alta en sistema: 06/12/2019 Firmado por: C.G.G., Juez de Cámara Firmado por: E.S., Secretaria de Cámara Firmado por: B.E.A., Juez de Cámara Firmado por: M.J.B., Juez de Cámara #28481821#251127479#20191205113640130 fijándole un techo de carga horaria de cincuenta (50) horas semanales.

Señala que ha dedicado su vida a la docencia; que se desempeña en la Universidad Nacional de Entre Ríos, en la Universidad Adventista del Plata y en la Universidad Autónoma de Entre Ríos, y que en la actualidad supera en siete (7) horas cátedra el tope fijado.

Seguidamente, argumenta en torno a la ilegitimidad de la resolución 18/2016. En tal sentido, refiere que la resolución comienza aludiendo al decreto 1470/98, que no es el reglamentado en la ordenanza 414. Por otro lado, dice que, contrariamente a lo afirmado en el dictamen 3972/2015, la ordenanza citada tiene claros efectos retroactivos en tanto pretende aplicar un régimen de incompatibilidad a relaciones jurídicas laborales que se encontraban en curso al momento de su sanción.

Desde otra perspectiva, aduce arbitrariedad manifiesta por cuanto se ha extendido el ámbito de aplicación material del convenio al incluir, a los fines de la incompatibilidad, a universidades que no son nacionales.

Asimismo, funda la arbitrariedad en la aplicación temporal del convenio atento la retroactividad en que se incurriera.

Finalmente plantea, a los fines de la incompatibilidad, que su caso sólo podría encuadrarse en las previsiones del acuerdo paritario homologado mediante decreto 1470/98 y postula que el mismo ha devenido jurídicamente abstracto e ineficaz porque nunca fue aplicado.

Hace reserva del caso federal.

Fecha de firma: 04/12/2019 Alta en sistema: 06/12/2019 Firmado por: C.G.G., Juez de Cámara Firmado por: E.S., Secretaria de Cámara Firmado por: B.E.A., Juez de Cámara Firmado por: M.J.B., Juez de Cámara #28481821#251127479#20191205113640130 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 4791/2016/CA1 b) Que a fs. 26/27 este Tribunal se declara competente, le imprime al caso el carácter de acción, ordena que tramite como juicio ordinario y dispone que se libre la comunicación a la Procuración del Tesoro. Cumplido ello, se corre traslado de demanda a fs. 37, la que fue contestada por la accionada, con documental adjunta a fs.

39/122.

  1. Que la Universidad Nacional de Entre Ríos (UNER)

    relata los antecedentes del caso y señala que contra la...

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