Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 13 de Julio de 2016, expediente COM 009752/2014/CA001

Fecha de Resolución13 de Julio de 2016
EmisorCamara Comercial - Sala C

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación G.D.P. c/ VOLKSWAGEN S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS Y OTRO s/ORDINARIO Expediente N° 9752/2014/

Juzgado N° 15 Secretaría N° 29 Buenos Aires, 13 de julio de 2016.

Y VISTOS:

I.V. apelada por la demandada Espasa SA la resolución de fs. 461/462 en cuanto desestimó la oposición a la producción de la prueba ofrecida por el actor.

El memorial luce a fs. 474/476 y fue contestado a fs. 490/497.

  1. La presente acción fue iniciada contra Volkswagen SA de Ahorro para fines determinados y Espasa SA.

    La primera de ellas contestó demanda; mientras que la segunda fue declarada rebelde, no obstante lo cual compareció más tarde a estar a derecho (v. fs. 405).

    Trabada la litis, en esos términos, la parte actora desistió de la acción y del USO OFICIAL derecho respecto de Volkswagen SA de Ahorro para fines determinados (fs. 407) y los autos siguieron según su estado procesal.

    Tiempo después, la causa fue abierta a prueba mediante decisión que quedó

    firme (fs. 417).

    El actor y Espasa SA concurrieron a la audiencia celebrada en los términos del art. 360 CPCC, oportunidad en la cual la demandada se opuso a la apertura a prueba del proceso.

    Sustanciada esa incidencia, el juez a quo rechazó esa oposición mediante el pronunciamiento cuya apelación motiva la actual intervención de este Tribunal.

  2. De conformidad con lo dispuesto por el art. 359 CPCC, es potestativo del juez recibir la causa a prueba cuando se hubieren alegado hechos conducentes acerca de los cuales no hubiese conformidad entre las partes.

    En efecto, la apertura del juicio a prueba es la regla, como conducta procesal más acorde con la amplitud que debe otorgarse al principio de la defensa en juicio, Fecha de firma: 13/07/2016 y debe ordenarse ante la más mínima duda acerca de la posibilidad de emitir un Firmado por: MACHIN-VILLANUEVA - GARIBOTTO (JUECES) - BRUNO (SECRETARIO), G.D.P. c/ VOLKSWAGEN S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS Y OTRO s/ORDINARIO Expediente N° 9752/2014 #23110965#156958631#20160713112159546 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación pronunciamiento justo en caso de atenerse únicamente a los elementos de juicio agregados hasta ese momento en la causa (conf. F. -M...

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