Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala C, 10 de Noviembre de 2022, expediente CIV 052480/2013/CA001

Fecha de Resolución10 de Noviembre de 2022
EmisorCamara Civil - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA C

52480/2013

GONZALEZ ALCIDES RAMON c/ VOLOJ SAMUEL MARCOS

s/DAÑOS Y PERJUICIOS (ACC.TRAN. C/LES. O

MUERTE)

Buenos Aires, de noviembre de 2022.- AC

AUTOS Y VISTOS:

I)Las presentes actuaciones han sido enviadas a esta instancia en formato digital con motivo del recurso de apelación deducido por la parte actora en fecha 11.08.2022 (v.

aquí) –concedido el 22.08.2022- contra la sentencia definitiva y honorarios regulados en ella (v. aquí) dictada por la Sra. Jueza a cargo del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 30 en fecha 11.08.2022.

II.a) De los antecedentes del trámite surge que el reclamo indemnizatorio del Sr.

A.R.G. alcanzó la suma de pesos ochenta y siete mil doscientos ochenta ($87.280).

II.b) En el pronunciamiento impugnado, se rechazó la demanda promovida por el Sr.

G. contra S.M.V. y su aseguradora. Respecto de las costas del juicio se impusieron a la parte actora, en su calidad de vencida, por aplicación del criterio objetivo de la derrota (artículo 68 del Código Procesal).

III.a) Con este escenario, conviene recordar que el tribunal de apelación se Fecha de firma: 10/11/2022

Alta en sistema: 11/11/2022

Firmado por: O.L.D.S., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: J.M.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: PABLO TRIPOLI, JUEZ DE CAMARA

encuentra facultado para examinar de oficio la procedencia de la impugnación, pues sobre el punto no se halla ligado por la conformidad de las partes ni por la concesión del juez o la jueza de la instancia de grado, aun cuando ella se encuentre consentida, ya que esa decisión no reviste carácter de definitiva, por lo que una sala está investida de facultades para revisar e, incluso, modificar el juicio de admisibilidad efectuado (cfr. M.,

Requisitos generales de admisibilidad y procedencia

, en Midón (Director), Tratado de los Recursos, Rubinzal Culzoni, Santa Fe, 2013,

t. I, p. 105, nro. III; CNCiv, S.C.,

C., P.c.M., R. s/ daños y perjuicios

, del 5-6-13; id., íd., “M., C.

s/ sucesión”, del 27-2-13; íd., íd.,

Stonehedge S.A. c/ Consorcio s/ oposición a la ejecución de reparaciones urgentes

, del 14-

715; id., íd., “G., G.c.O., J. s/

ejecución hipotecaria”, del 6-6-17 y sus citas,

entre otros).

En este sentido, como se lo ejemplifica,

el examen de admisibilidad del recurso de apelación atraviesa dos fases distintas: el control provisorio del juez o jueza de la instancia de grado y el examen definitivo de la...

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