Sentencia de CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL, 8 de Junio de 2021, expediente FPA 081017191/2008

Fecha de Resolución 8 de Junio de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 81017191/2008

Paraná, 08 de junio de 2021.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “GOÑE CESAR ENRIQUE CONTRA

UNER SOBRE OTROS”, Expte. N° FPA 81017191/2008 que tramitan ante esta Excma. Cámara Federal de Apelaciones de Paraná,

traídos a Despacho para resolver y;

CONSIDERANDO:

I- Que llegan estos actuados a conocimiento del Tribunal en virtud del escrito de solicitud de cumplimiento de la sentencia y astreintes presentado por el actor- Sr.

Cesar E.G.- a fs. 149/153.

El 10/05/2021 se dispone no considerar la contestación del traslado ordenado a la parte demandada en fecha 18/03/2021 por resultar extemporánea.

Quedan las presentes actuaciones en estado de resolver a fs. 155.

II- Que el actor solicita que se intime a la Universidad Nacional de Entre Ríos al cumplimiento de la sentencia que detenta autoridad de cosa juzgada material,

con aplicación de astreintes, bajo apercibimiento de dar vista a la unidad fiscal por eventual delito de desobediencia judicial, todo ello, de conformidad a los art. 37 del C.P.C.C. y 804 del C.C. y C..

Que el actor refiere a los antecedentes del caso y manifiesta que la demandada ha incurrido en presiones,

obligándolo a solicitar licencias sin goce de haberes al cargo Auditor Económico Financiero de la Unidad de Auditoría Interna de la Universidad.

Agrega que se le modificaron sus jornadas laborales,

y que trabajó de lunes a viernes en horarios completos,

Fecha de firma: 08/06/2021

Firmado por: M.J.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: C.G.G., JUEZA DE CAMARA

Firmado por: B.E.A., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: E.S., SECRETARIA DE CÁMARA

como si fuera un administrativo más de la UNER, pese a que la Unidad de Auditoria jamás cambió su modalidad, la que consiste en libertad horaria, conforme que se trabaja por resultado.

Aduce que, bajo presiones administrativas, se le informó que con la obtención de licencia lograría la suspensión del ilegítimo sumario administrativo ordenado por Resoluciones Rectorales 386/15 y 409/2015 del Expte. N°

03192/2015, caratulado “Situación del Contador Cesar E.G., bajo Resolución Rectoral N° 504/16.

Expresa que mediante resolución Decanal N° 052/16, se lo designó interinamente en el cargo de “Categoría 3 planta transitoria”, en calidad de “agrupamiento administrativo de la planta del personal del Colegio Secundario Técnico de la Facultad de Ciencias de la Alimentación” desde el 1 de junio de 2016, para...

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