Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 3 de Mayo de 2006, expediente Ac 92580

PresidenteRoncoroni-Soria-Genoud-Kogan-Pettigiani
Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2006
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac. 92.580 "G.T., F.A.. Tercería de mejor derecho en autos Banco de La Pampa contra A., D.M.. Cobro ejecutivo. Recurso de queja".

//Plata, 3 de Mayo de 2006.

AUTOS Y VISTO:

Resultando extemporánea la contestación del traslado efectuado por el demandado (ver notificación de fs. 62/63 y cargo de fs. 68) desglósese el escrito obrante a fs. 66/68 y resérvese en Secretaría a fin de ser devuelto a su presentante, bajo debida constancia.

Contra el pronunciamiento de este Tribunal que rechazó el recurso de queja (fs. 48 y vta.) se dedujo el extraordinario federal (fs. 51/56 vta.).

Cabe observar que las cuestiones relativas a la aplicación e interpretación del derecho procesal son privativas de los tribunales locales y ajenas como regla a la competencia federal por lo que, en estos supuestos, se torna particularmente exigible que la apelación cuente, respecto de...

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