Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 21 de Diciembre de 2016, expediente CNT 017522/2011/CA001

Fecha de Resolución21 de Diciembre de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI SENTENCIA DEFINITIVA N° 69294 SALA VI Expediente Nro.: CNT 17522/2011 (Juzg. N° 43)

AUTOS: “G.J.C.C./ MAPFRE ARGENTINA ART S.A. S/

ACCIDENTE – ACCION CIVIL”

Buenos Aires, 21 de diciembre de 2016 En la Ciudad de Buenos Aires reunidos los integrantes de la Sala VI a fin de considerar los recursos deducidos en autos y para dictar sentencia definitiva en estas actuaciones, practicando el sorteo pertinente, proceden a expedirse en el orden de votación y de acuerdo con los fundamentos que se exponen a continuación.

EL DOCTOR L.A.R. DIJO:

Contra la sentencia de primera instancia que rechazó la acción intentada, se agravia la parte actora a tenor del escrito de fs. 180/182, que mereciera la réplica de fs.

210/211 vta.

Con relación a los honorarios, el perito médico a fs.

186, recurre sus emolumentos por considerarlos reducidos.

La parte actora se agravia por no haberse admitido la acción en el marco de la ley 24.557. En apoyo a su postura la apelante invoca que, más allá de algunos errores de tipeo en Fecha de firma: 21/12/2016 Firmado por: G.L.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.A.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.S.R., SECRETARIA DE CAMARA #20654866#164104824#20161221133726065 los que puede haberse incurrido al transcribir el relato del actor, lo cierto es que de la pericia contable surge que la aseguradora le abonó al actor la suma de $4.266,99 en concepto de prestaciones por el accidente ocurrido y que la pericia médica fija una incapacidad definitiva, reflejando la verdadera situación médica después del accidente padecido por el trabajador el 31/5/10.

Adelanto que en mi opinión, el recurso debe prosperar.

En efecto, más allá de la negativa genérica efectuada por la demandada en su responde respecto de la ocurrencia del accidente invocado por el accionante, la pericia contable efectuada en autos resulta reveladora a fin de acreditar la existencia del infortunio en cuestión.

Ello así por cuanto a fs. 95/96, el experto informó que le fue exhibida por la aseguradora demandada la denuncia del accidente (en la fecha, y términos invocados al inicio) y documentación en la cual consta el detalle de las prestaciones otorgadas con motivo del mismo.

En tal inteligencia y de conformidad con lo previsto por el art. 6º del decreto 717/96, encontrándose acreditada la denuncia del siniestro, no surgiendo que el mismo hubiese...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR